
República Dominicana-El Poder Ejecutivo continuó con la reforma a lo interno de la Policía Nacional suprimiendo mediante el decreto 45-17 los Institutos Especializado de Estudios Superiores (IEESPON) y de Dignidad Humana y pasando sus funciones al Instituto Policial de Educación, contemplado en la nueva ley de la institución, 590-16.
Dicho instituto será el responsable del diseño, planificación, ejecución, supervisión, control y actualización de las políticas y programas de estudios en las diferentes áreas de la institución, como establece el artículo 44 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional (590-16).
El artículo 2 de dicho decreto dispone que las funciones de administración del Régimen de Reparto Especial para la Policía Nacional y de la administración de pago del Seguro de Discapacidad y Sobrevivencia que ejecutaba el Comité de Retiro, sean traspasadas a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda y al Instituto de Seguros Sociales, respectivamente, conforme indican los artículos 112 y 130 de la Ley 590-16.
El artículo 3 traspasa las funciones y atribuciones del Museo Policial Dominicano al Instituto de Educación, quedando suprimidos el Consejo Directivo, la Dirección Ejecutiva y el Patronato del Museo Policial Dominicano.
En su artículo 4, el decreto dispone que el Instituto de Seguridad Social de la Policía se convierta en la Cooperativa de Ahorros y Servicios Múltiples de la institución, en función a los lineamientos del Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (Idecoop).
Además, instruye al Consejo Superior Policial a iniciar la reglamentación de la Dirección de Reserva de la Policía Nacional y las que fuesen necesarias para las disposiciones del presente decreto.
Asimismo, el decreto suprime la Comisión de Reforma de la Policía Nacional y sus funciones serán asumidas por la Dirección de Planificación, Desarrollo y Cooperación que en lo adelante se llamará Dirección de Planificación y Desarrollo.
Esta dirección, junto a la de Recursos Humanos coordinará con el Consejo Superior Policial la reubicación del personal que actualmente labora en los diferentes órganos suprimidos mediante este decreto, para lo que dispondrán de un plazo no mayor de 30 días.
Los pasivos que las entidades tengan asignados y/o apropiaciones presupuestarias disponibles o en curso de asignación, serán evaluados por los ministerios de Hacienda y de la Presidencia y de proceder serán pagados con los fondos asignados, según explica el artículo 8.
En tanto que el artículo 9 dice que la Policía Nacional dispondrá de los bienes inmuebles, espacios físicos y activos que tengan usufructo o uso los diferentes órganos según corresponda.
Con el presente decreto quedaron derogados los números 906-00; 236-01; 239-01; 240-01; 241-01 y 610-04.