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  • Por: djtv28
  • viernes 16 junio, 2017

Conocerán este lunes amparo y medida cautelar contra Acroarte y su comisión electoral.

Santo Domingo Rep. Dom., viernes 16 de junio del 2017.- Será conocerá el próximo lunes a las diez de la mañana por la cuarta sala de lo civil y comercial del juzgado de primera instancia del Distrito Nacional, un Amparo Preventivo de extrema urgencia y solicitud de medida cautelar, en contra Acroarte y su Comisión Electoral por violar los derechos de sus miembros, en lo atinente al debido proceso de ley, a los estatutos y la afectación de la seguridad jurídica, la igualdad, derechos adquiridos e impedimento del ejercicio al derecho al voto, todo ello en violación a la constitución de la República y a los estatutos de la institución en los artículos 14, 15 y 20, numerales a) y d), así como los artículos 22 y 23 del Reglamento Electoral de Acroarte.

Trajano Potentini representante legal deploró que  la comisión electoral y las partes, no llegaran a salida satisfactoria para restablecer derechos conculcados de más del 40% de los miembros de Acrorte, quienes casi en su mayoría se encuentran integrantes pasivos.

“Se trata de una interpretación errónea de los artículos 14 y 15 de los estatutos, los cuales expresan que los miembros pasivos no tienen capacidad deliberativa, lo cual en modo alguno los lleva a perder el sagrado derecho al voto, en razón de que deliberar supones una discusión o análisis entre dos o más personas y el voto es personal y secreto, señaló Pontentini, quien a su vez reconoció la buena voluntad de la comisión electoral para el dialogo.

Sin embargo, los comunicadores afectados apoderaron a la firma de abogados Trajano Potentini & Asocs en procura de garantizar que sus derechos de membrecía e igualdad, entre ellos están José Alberto Peña Cabreja, Ygnacio Sesilio  Guerrero Tavarez, José Agustín Tavarez Gil, Carmen Zinaida Monserrat Rodríguez Santos, Máximo Ramón Eurípides Cabral Jiménez, Rubén Benigno José Camilo Rivas,  entre otros

Potentini indicó que el artículo 20 del reglamento se refiere a los derechos y deberes de los miembros de Acroarte, resaltando en primer término y sin hacer distinción  entre miembros activos, pasivo u honorarios, el derecho que todos tienen de elegir y ser elegidos.

En ese mismo orden el jurista indicó, que se garantiza el derecho al voto de todos los miembros, en el marco de igualdad y sin discriminación, estipulado en los artículos 22 y 23 del reglamento electoral, inclusive con la obligatoriedad de otorgarle una gracia para asuntos..

“Acroarte es una sola familia, posiblemente el gremio de mayor tradición y arraigo social del país, con una trayectoria y vocación democrática de aportes a la cultura y al arte dominicano, el cual debe estar revestido de la mayor legitimidad democrática en la escogencia de sus autoridades”, expresaron los reclamantes en nota de prensa.

La nota de prensa de Acroarte indica ademas  “que no era posible ni viable constitucional y legalmente, el que la comisión electoral se adjudicara la competencia de interpretar erróneamente los estatutos y las resoluciones de Acroarte”.

 

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