Gobierno del presidente Luis Abinader interesado en regular, actualizar y controlar la Dirección Nacional de Investigación -DNI- apelo a un mandato constitucional y sometió al Congreso un proyecto de Ley encaminado a darle un adecuado marco normativo al Sistema Nacional de Inteligencia, que actualmente está bajo el control legal del Ministerio de Defensa.
La propuesta del Ejecutivo esta afincada en el –articulo 261– de la Constitución Nacional que dispone que -El sistema de inteligencia del Estado será regulado mediante ley- y contempla que en lo adelante pasaría a ser la Dirección Nacional de Inteligencia-DNI- y dependerá exclusivamente del presidente de la Republica.
La historia del DNI se remonta a la era de Trujillo cuando fue creado el Servicio de Inteligencia Militar (SIM), organización represiva y de persecución política de la dictadura, terminado el régimen paso a llamarse Dirección General de Seguridad -DGS- hasta 1964 cuando el Triunvirato creó el actual -DNI- como un organismo adscrito a la Presidencia.
En 1978 el presidente Joaquín Balaguer poco ante de abandonar el poder auspicio y promulgo la Ley No. 857- que traspasa el –DNI- a las Fuerzas Armadas.
El primer paso que dio el presidente Abinader para recuperar el pleno dominio del –DNI- fue el 16 de agosto de 2020 designando al abogado Luis Soto como director del organismo convirtiéndose en el primer civil en dirigir este departamento tradicionalmente ocupado por militares.
El segundo paso fue elaborar un proyecto de Ley y enviarlo al Congreso con la argumentación de que el –DNI- necesita reformarse, modernizarse y para ello será dotado de las herramientas necesarias para su importante labor en la lucha contra el crimen y la protección de la seguridad del Estado dentro del marco legal de las instituciones públicas.
Llama la atención que después de 43 años y con el tenebroso pasado bajo la orden del Ejecutivo y sin ella, se pretenda nueva vez sea el mandatario quien encabece el organismo con un argumento simplón de que el nuevo –DNI- establecerá una frontera entre el viejo régimen de inteligencia que evoca oscuros recuerdos de violación a derechos y un sistema moderno, legal, institucional, según lo describe el Consultor Jurídico de la presidencia Antoliano Peralta.
Desde su origen las funciones del –DNI- han sido las de realizar investigaciones relacionadas con amenazas a la soberanía nacional, planear la búsqueda, colección y procesamiento de información en apoyo a las investigaciones concernientes a los aspectos políticos, económicos, sociales, crimen organizado, ingreso y actividades de extranjeros, a fin de detectar a tiempo cualquier atentado contra la seguridad nacional.
El proyecto de ley que ha tenido varios tropiezos, tanto en el Congreso como fuera de allí, ya agoto una legislatura y fue retomado nuevamente y aprobado en primera lectura en el Senado, crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) contempla modificar la ley No. 155-17 para incluir a su director nacional como miembro del Comité Nacional contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
Entidades de intermediación financiera enviaron un documento a la Cámara de Diputados con algunas recomendaciones para contemplarse en la iniciativa legal donde advierten que la pieza tal como está planteada podría ocasionar perjuicios al sistema financiero lesionando derechos fundamentales y constitucionalmente protegidos en el país.
Recordaron que las entidades bancarias ya se encuentran reguladas, supervisadas y fiscalizadas por los organismos que componen la Autoridad Monetaria y Financiera.
Igualmente, la Sociedad Dominicana de Diarios también hizo algunas observaciones sobre la obligatoriedad que impone el proyecto a que todas las instituciones públicas y privadas o personas naturales deben obtemperar a los pedidos de informaciones del nuevo –DNI- y precisa que en la misma se observa, aunque de manera sutil, una tendencia sobre reguladora.
El proyecto de ley de 37 artículos, tiene algunos aspectos considerados violatorios a la Constitución, como es el artículo 26, que trata sobre las sanciones, dicho artículo precisa que quien oculten informaciones requeridas por el organismo sobre las cuales tengan datos o conocimiento “serán sancionado con prisión y multa lo cual es contrario a lo establecido por la Carga Magna en lo que respecta a la libertad de expresión e información.
Sectores militares consultados sobre este proyecto de ley se muestran sorprendidos de que el Poder Ejecutivo quiera eliminar los organismos de inteligencia de las diferentes dependencias militares y policiales como son, el J-2 del Ejercito, el M-2 de la Armada, el A-2 de Fuerza Aérea, el G 2 y C-5, del ministerio de Defensa y el Servicio Secreto de la Policía que de aprobarse el proyecto se regirían únicamente bajo la nueva Dirección Nacional de Investigación, DNI.