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Economía 
  • Por: La Redacción
  • jueves 14 septiembre, 2023

Julio Cury dice se estaría violando la Constitución con aplicación Ley de Compras y Contrataciones públicas

SANTODOMINGO, RD.- El jurista Julio Cury advirtió este jueves que mediante la aplicación de la ley de compras y contrataciones públicas se estarían aplicando disposiciones que vulneran la Constitución de la República.


Dijo que aunque esa legislación, (34-06) sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones con modificaciones de Ley 449-06) “carece de fundamento axiológico al tenor de los arts. 40.15 y 74.2 de la propia Carta Sustantiva. Para decirlo en lenguaje más simple, la restricción prevista es desproporcionada, por lo que no puede impedir válidamente que empresas en la condición descrita en el precepto en comento, le provean bienes o servicios al Estado”.


Señala que “según su artículo. 14.6, limita derechos fundamentales sin superar el segundo paso del test de razonabilidad”.


“Si bien es verdad que el art. 14.6 pudo haber cumplido felizmente su misión, no es menos cierto que ahora se halla despojado del indispensable atributo de razonabilidad para seguir haciéndolo. Desde luego, no ha sido formalmente expulsado de nuestro ordenamiento, pero su evidente contraste con la realidad surgente del fecundo proceso de reformas legales de los 17 últimos años, convendrá conmigo en que es ya una norma perimida”, resalta el profesional constitucionalista.


La citada ley, promulgada en el año 2006, tiene por objeto establecer los principios y normas generales que rigen la contratación pública, relacionada con los bienes, obras, servicios y concesiones del Estado, así como las modalidades que dentro de cada especialidad puedan considerarse, por lo que el Sistema de Contratación Pública está integrado por estos principios, normas, órganos y procesos que rigen y son utilizados por los organismos públicos para adquirir bienes y servicios, contratar obras públicas y otorgar concesiones, así como sus modalidades.

A continuación links del texto íntegro de la publicación del jurista Julio Cury:
https://listindiario.com/puntos-de-vista/20230914/prohibicion-art-14-6-ley-num-340-06_772883.html

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