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Economía 
  • Por: Bernardo Núñez
  • jueves 14 diciembre, 2023

Estado podría no recibir recursos por excedentes beneficios de Aerodom debido a que están entrampados en una cláusula que los podría convertir en inversión de capital

Santo Domingo.-El nuevo contrato Aerodom, Aeropuertos Dominicanos Siglo 21, establece que será a partir del 2030 cuando el Estado dominicano tendrá derecho a recibir recursos por concepto de las ganancias extra de la empresa, sin embargo esos recurso podrían no percibirse durante los 30 años de extensión si son convertidos en inversión de capital como logró la firma establecerlo.

El artículo 8.2.1.2 del contrato, que se denomina Ingresos Compartidos, establece que a partir de abril de 2030 y hasta diciembre de 2034, la concesionaria pagará al Estado mensualmente un 10% de los ingresos brutos reales recibidos por las tarifas aeroportuarias y comerciales, siempre y cuando hayan superado las proyecciones de tráfico estimadas en el estudio de Plan de Negocio que realizó la firma INDRA ALG en un 110%.

De generarse esos dividendos, el contrato establece que el Estado dominicano estaría recibiendo los beneficios pactados dentro de los primeros 10 días del mes posterior, a través de transferencias bancarias a la Cuenta única del Tesoro de la Tesorería Nacional.

El mismo contrato explica, en un ejemplo, que el monto excedente será lo que sobrepase a los ingresos brutos, entendiéndose que si está proyectado que las ganancias serán de 100 millones de dólares y obtienen 150 millones, el Estado dominicano tendrá derecho a percibir el 10% de 40 millones, que serían 4.0 millones.

Mientras que a partir del 2035, es decir cinco años después de estar aplicándose la extensión del contrato, los beneficios compartidos del Estado serán de un 20%, tomando en cuenta la misma ecuación aplicada en la primera parte.

“Si para el mes “Z” el estudio INDRA ALG tenía proyectado que la Concesionaria recibiría ingresos brutos de US$100.00, pero efectivamente la Concesionaria tiene ingresos brutos reales de US$150.00, la Concesionaria deberá pagar al Estado dominicano en dicho mes “Z” el veinte por ciento (20%) del monto excedente, que en este ejemplo es de US$50 millones, por lo que la Concesionaria pagará en el mes “Z” el monto de US%10.00 por concepto de Ingresos Compartidos”, establece el contrato en la sección ii.

Sin embargo, todavía esos beneficios que les corresponderían al Estado dominicano por Ingresos Compartidos no estarían seguros, debido a que si por “sobrepasarse las proyecciones de tráfico, el comprimíos de CAPEX y REPEX ascendente a OCHOCIENTOS TREINTA MILLONES DE DÓLARES (US$830,000,000.00) requiere ser aumentado, los ingresos brutos que genere el excedente se utilizarán en primer lugar para las inversiones de capital adicionales requeridas”.

Lo que provocaría que los beneficios del Estado, se calcularían después de convertir los excedentes de los beneficios proyectados, en inversiones. “Pero solo en la medida en que el Ingreso Compartido después de deducir las inversiones de capital adicionales no se convierta en un número negativo”.

Esa situación podría provocar que el Estado dominicano no perciba ningunos beneficios o se reducirían significativamente hasta convertirse en insignificantes, si Aerodom decide convertirlos en inversiones de capital alegando aumento de la proyecciones de tráfico, que no se explican en el contrato y que están reservadas a un anexo, que celosamente las partes guardan para que no sea de dominio de la opinión pública.

El nuevo contrato, que ya fue aprobado de forma veloz en la Cámara de Diputados, aumenta otros 30 años al ya existente y que debió vencer en 2030, por lo que ahora la concesión de los aeropuertos internacionales del Estado (seis) será hasta 2060. Como atractivo para que los firmara, Aerodom pactó entregar al Estado US$775 millones de dólares como "Canon de Concesión", lo que es igual a un bono, que sería entregado seis meses después de la entrada en vigencia, siempre y cuando se les autorice hacer dos aumentos a las tarifas que cobran por los servicios en las terminales.

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