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Nacionales 
  • Por: Nicolás Mateo
  • sábado 30 marzo, 2024

Delaciones premiadas de imputados en caso Medusa, no es garantía de condena a Jean Alain Rodríguez

Santo Domingo, RD.- Las revelaciones y admisiones de culpabilidad de unos 21 coimputados en el caso Medusa, no necesariamente garantiza una condena en contra del exprocurador Jean Alain Rodríguez, porque un acusado, diferente a un testigo, no está obligado a decir la verdad, por tanto su testimonio no es prueba ante un juez, y su declaración es un medio para su defensa, no objeto de prueba, coincidieron en afirmar varios abogados penalistas del país.

De acuerdo al doctor Manuel Sierra, la confesión solo es prueba para el confesante, y que aún así, el juez por principio de legalidad no está obligado a condenar.

Sierra, además, afirmó que en Codigo Procesal Penal dominicano vigente no existe la figura del ¨delator premiado¨. Ësa figura expresiva no forma parte del Código Procesal en ninguno de sus 8 libros especiales¨

La abogada penalista y catedrática universitaria de derecho, María del Pilar Zuleta, aseguró que la confesión de un imputado es solo un medio para su defensa y no un objeto de prueba, y que todo acusado debe ser advertido de su derecho a no autoincriminase, y de que el ejercicio de ese derecho no puede perjudicarle.

¨la declaración del Imputado no es prueba, y por tanto, aún si el juez valora lo que diga, no puede condenar sobre esa sola base, tiene que contar con un cúmulo de pruebas que destronen la presunción de inocencia¨ enfatizó Zuleta.

La abogada Penalista subrayó que contrario a un testigo, un imputado tiene plena libertad de decir la verdad, ocultarla, mentir o inventar cuanto desee, ya que nadie está obligado a declarar contra si mismo.

¨No existe un derecho constitucional del imputado mentir, pero tampoco puede exigírsele que diga verdad ante el peligro de la condenatoria, por eso no comete perjurio al mentir¨, preciso la penalista.

Zuleta agregó que el derecho a no decir la verdad de un imputado no abarca un inexistente derecho a inculpar falsamente a otros, no puede cometer un delito de falso testimonio, pero si un delito de acusación y denuncia falsa.

Mientras el doctor Francisco Alvarez(Pancho)  manifiesta qu la delación de un imputado en contra de Jean Alain Rodriguez solo tendría que ser corroborada por otro acusado en el expediente, María del Pilar Zuleta dice que no es cierto, que la declaraciones de un coimputado puedan ser corroboradas por otro medio de prueba, incluyendo las declaraciones de otro coacusado.

¨Desde mi punto de vista, un imputado jamás puede transfigurarse en un testigo en el marco de un sistema acusatorio funcional¨, argumentó.

Juristas coinciden que en el caso de Jean Alain, acusado de sobrevaluación la construcción de la cárcel Las Parras, y de recibir soborno de parte de los contratistas, sería muy difícil al Ministerio Público conseguir una condena en base a las delaciones premiadas, bajo el argumento que un imputado no puede ser presentado como testigo.

Mientras que el doctor Valentín Medrano manifiesta que esa gente, en alusión al Ministerio Público, ¨tienen el poder y lo ejercen con crueldad, y ganarán los procesos aún sin razón, sin pruebas, o con aquellas prefabricadas, porque eso es el poder en manos del odio, para ejercer la maldad de la forma mas despiadada posible¨.

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