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Economía 
  • Por: La Redacción
  • sábado 13 abril, 2024

Valoran tasa del 18% de ITBIS de República Dominicana es la quinta más alta en toda América Latina

Santo Domingo, RD.- Aplicar tasas diferenciadas no ayuda a la sostenibilidad de un sistema tributario. El caso del ITBIS así lo muestra en República Dominicana.

En el gráfico se observa cómo las operaciones exentas del ITBIS (no gravadas) mantienen una tendencia a incrementarse desde el año 2015. Luego de un nivel máximo en el año 2011, con la modificación impositiva de 2013 mediante la Ley 253-12, y la ampliación de la base del ITBIS, las operaciones exentas disminuyeron.

El orden ha estado ausente del diseño del sistema tributario de República Dominicana. La expresión parche ha sido de uso común porque las modificaciones realizadas no son de manera integral. El ITBIS fue modificado en 2012 para incluir más productos a la base, por una necesidad fiscalista, no para tratar de realizar una corrección integral a este impuesto. Desde entonces, existen tres tasas para bienes y servicios gravados: 0%, 16% y 18%.

Cuando se realizan modificaciones al sistema impositivo debe tenerse en cuenta que es necesario un nivel importante de equidad, por lo que las tasas diferenciadas incumplen ese principio. De igual forma, el sistema debe minimizar los incentivos para la evasión. Si el sistema tributario mantiene vasos comunicantes, el mismo sistema genera incentivos para que sea evadido.

En República Dominicana se realizan «reformas» que no corrigen las distorsiones de fondo y, en poco tiempo, surge un deterioro del sistema. El gráfico lo muestra con el caso del ITBIS. Sin embargo, podía afirmarse que es lo mismo que se aprecia históricamente con los incrementos temporales de la presión tributaria. Sin modificaciones integrales, que corrijan problemas de fondo, y solo con parches, un sistema tributario no es sostenible en el tiempo.

Quienes pagan impuestos son personas que reaccionan a las políticas públicas. Si el sistema tributario mantiene vasos comunicantes, se están creando condiciones para emplear los incentivos que el mismo sistema impositivo introduce.

Las ventas que no se registran en las declaraciones del ITBIS son ingresos que no se traducen a la base del impuesto sobre la renta. Es decir, el problema de recaudación para las autoridades se torna mayor. Un problema en un impuesto perjudica las recaudaciones de otros impuestos. Es entendible que algunos no deseen la ampliación de la base del ITBIS, ya que se reduciría la informalidad y las maneras de mantener la evasión de otros tributos, como el impuesto sobre la renta.

Tasas altas estimulan la demanda de exenciones. El otorgamiento de privilegios en forma de leyes es un reflejo de distorsiones del orden institucional por cuanto tienden a beneficiar a algunos grupos de la sociedad sobre otros. Los grupos que más consumen en la sociedad son más beneficiados por las exenciones del ITBIS, por ejemplo. En lugar de bajar la tasa al 10% y eliminar las exenciones en los bienes, se mantiene un privilegio para las personas de los quintiles más altos de ingresos, ya que son estas las más beneficiadas al consumir más productos exentos del ITBIS o IVA.

La tasa del 18%, que grava a la mayor parte de la base del país, es la quinta tasa más alta entre los países de América Latina. Superior al promedio, que es 159%, según datos del Worlwide Tax Summaries de PwC.

Por último, es importante señalar que el ITBIS o IVA no solo encarece la vida para los consumidores por su pago en la compra final, sino porque encarece los costos de producción Esto último se agrava cuando el bien está exento del ITBIS. El consumidor termina pagando una proporción de todos los ITBIS que intervinieron en la cadena de producción.

Es erróneo asumir que porque un bien está exento del IVA las personas de menores ingresos se benefician de la exención. El análisis superficial no toma en cuenta que como el productor no puede compensar los ITBIS que pagó en el proceso de producción, se ve precisado a llevar al costo del producto dicho impuesto y transfiere una parte al consumidor a través de los precios. Fuente CREES

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