Santo Domingo, RD.- La Junta Central Electoral (JCE) instruyó a la Policía Militar electoral para que ejecuten 25 disposiciones a partir de este viernes 17 de mayo y hasta después de concluidas las elecciones de este domingo 19, que son las siguientes:
El Viernes 17 y sábado 18 de mayo: Perrnitir el acceso al Recinto Electoral donde funcionaran los Colegios Electorales para el proceso de recibimiento e instalaci6n de! equipo de Escaneo, Digitalizaci6n y Transmisi6n de Resultados Electorales (EDET) y de las Valijas del Kit Electoral, y brindar apoyo y colaboraci6n a las (las) Presidentes y Secretarios (as) de Colegios Electorales, Delegados Politicos y sus suplentes, Delegados de Recintos, técnicos, Facilitadores, Supervisores, Gestores (as) lnclusivos, Prensa, Medias de Comunicaci6n, Observadores nacionales, Observadores lntenacionales, Observadores invitados por Partidos Politicos y Funcionarios de la Junta Electoral de la Demarcaci6n, asi coma cualquier otro funcionario de la Junta Central Electoral debidamente acreditado.
Durante los procesos de recepción e instalación del viemes 17 y sábado 18 de mayo, se permite el uso de celulares o cualquier otro dispositivo para grabar o tomar fotografías.
El Domingo 19 de mayo: Dia de las elecciones.permitir la entrada a los (as) Coordinadores de Recintos quienes están pautados para llegar al recinto electoral y sus respectivos Colegios Electorales antes o partir de las 05:00 A.M, asi coma a los Miembros de Colegios Electorales, Delegados Politicos y sus suplentes, Delegados de Recintos, técnicos, Facilitadores, Supervisores, Gestores (as) lnclusivos, Prensa, Medios de Comunicaci6n, Observadores Nacionales, Observadores lntenacionales, Observadores invitados
Despacho Presidencia por Partidos políticos y Funcionarios de la Junta Electoral de la Demarcación, asi como cualquier otro funcionario de la Junta Central Electoral debidamente acreditado, quienes están pautados llegar antes o partir de las 06:00 A.M., del domingo 19 de mayo de 2024.
Permitir la entrada a los recintos electorales y sus respectivos colegios durante el desarrollo de toda la jomada electoral y hasta la conclusion de la misma a los Delegados de Recintos, Coordinadores de Recintos, Tecnicos, Facilitadores, Supervisores, Gestores (a) Inclusivos, Prensa, Medios de Comunicaci6n, Observadores acionales, Observadores Intemacionales, Observadores invitados por Partidos políticos, Funcionarios de la Junta Electoral de la Demarcación, asi como cualquier otro funcionario de la Junta Central Electoral debidamente acreditado.
Permitir el acceso de los electores y electoras al recinto a partir de las 07:00 A.M, aunque no estén abiertos todos los Colegios Electorales que funcionan dentro del recinto. Las filas deben formarse dentro del Recinto Electoral, en la puerta de cada Colegio Electoral. Las filas no pueden organizarse fuera del Recinto Electoral, salvo aquellos casos en el que el poco espacio físico del recinto electoral lo impida.
Los y las votantes que, en su condici6n de padre, madre o tutor, por razones atendibles como no tener con quien dejar la guarda de los menores para ir a votar, deberan ser dejados entrar con estos menores al Recinto o Colegio Electoral y así facilitar y garantizar su derecho al voto.
Dar acceso durante toda la jomada electoral a la prensa nacional e intemacional acreditada por la Junta Central Electoral o identificada como prensa o media de comunicaci6n escrito, televisión, radio, medias digitales y redes sociales, aunque no tenga acreditaci6n de la institución.
No impedir el acceso a los recintos y colegios electorales a las personas por razones de vestimenta, salvo en caso de propaganda política que promueva algún candidato (a) o partido político. Es decir, esta permitido que las personas accedan en pantalones cortos, bermudas, franelas, chancletas, tubis, rolos o redecillas, siempre y cuando, estas no hagan alusión a propaganda politica.
No retener celulares a los ciudadanos y ciudadanas que vayan a ejercer el voto, pero no permitirles hacer fotos, grabar ni hacerse "selfies" dentro de los Colegios Electorales ni fotografiar las boletas ni el voto.
Mantener despejada de vehículos de todo tipo, las entradas y el perímetro delimitado del frente de cada Recinto Electoral, a los fines de que la ciudadanía pueda acudir, sin ningún obstáculo a ejercer su derecho al voto el día de las elecciones.
No permitir el proselitismo electoral de personas con gorras, gafetes (baberos) o cualquier otro elemento de promoci6n o activismo político en el perímetro delimitado por la cinta de seguridad frente al Recinto Electoral, dentro del Recinto Electoral y en el Colegio Electoral.
lmpedir a los partidos políticos, candidatos (as), su militancia y/o simpatizantes la instalación de carpas y mesas o cualquier otra modalidad con fines de gestión política, promoción o campaña electoral en el perímetro del recinto electoral o dentro de estos. Solo están permitidas las carpas de la JCE dentro de los recintos para fines de mesas auxiliares, funcionamiento de colegios electorales y la Cruz Roja Dominicana.
lmpedir el uso de armas de cualquier tipo en los Recintos Electorales, exceptuando a quienes ejerzan labor de seguridad de! presidente y vicepresidente de la Republica, así como los expresidentes y exvicepresidentes de la Republica.
lnvitar cordialmente a las personas que hayan ejercido su derecho al voto a abandonar el recinto, para permitir el flujo de la votaci6n, y evitar la aglomeración de ciudadanos y ciudadanas en el perímetro delimitado al frente de los Recintos Electorales.
1Mantener el orden en las puertas de los Recintos Electorales, sin que esto interfiera el acceso fluido de los (las) votantes.
Colaborar con el (la) Coordinador (a) de Recinto y los (las) Delegados de Recinto para el correcto desenvolviendo de la jomada electoral.
Contribuir con Ia organizaci6n de las filas dentro de! recinto. Para esta acción, se coordinara con los (las) presidentes y segundos vocales de los Colegios Electorales, Coordinadores de Recinto y Facilitadores.
Asistir al presidente (a) del colegio electoral cuando fuere necesario para la seguridad y el desarrollo de los trabajos propios de los Colegios Electorales.
Garantizar el trabajo de los Delegados políticos y sus suplentes dentro del Colegio Electoral, en coordinaci6n con el (la) Presidente del Colegio Electoral.
Facilitar las labores realizadas por los (las) Gestores inclusivos en el desarrollo de las iniciativas del Programa de Voto Accesible, tales como Voto con Plantilla, Centro de Relevo y las Mesas Auxiliares.
Permitir la entrada al Recinto Electoral al Observador (a) de Escrutinio acreditado, para que una vez haya sido declarada cerrada la votaci6n y abierta la fase de escrutinio, puedan ingresar al Colegio Electoral correspondiente.
Permitir la entrada al Recinto Electoral una vez concluida la votaci6n y cerradas las puertas a las 05:00 P.M, sin importar la hara, de la Prensa, Medias de Comunicaci6n, Observadores nacionales, Observadores 1ntemacionales, Observadores invitados por Partidos Políticos, Funcionario de la Junta Electoral de la demarcaci6n, así como cualquier otro funcionario de la Junta Central Electoral debidamente acreditado.
Permitir a partir de las 05:00 P.M, luego de! cierre de la votaci6n, la grabación a través de celulares o cualquier otro dispositivo de! proceso de escrutinio (conteo) de resultados a los Miembros de Colegios Electorales, Delegados políticos y sus suplentes, Delegados de Recinto, técnicos, Facilitadores, Supervisores, Prensa, Medios de Comunicación, Observadores de Escrutinio, Observadores Nacionales, Observadores lnternacionales, Observadores invitados por las Partidos políticos Funcionarios de la Junta Electoral de la demarcaci6n, asi coma cualquier otro funcionario de la Junta Central Electoral debidamente acreditado.
Garantizar la cadena de custodia de las equipos y materiales electorales y Cua! otra instrucción que le sea dada par el Pleno de la Junta Central Electoral.