Santo Domingo. – La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) de la República Dominicana ha emitido una decisión clave que aclara la competencia de la jurisdicción contenciosa administrativa. En su reciente sentencia SCJ-TS-24-2520, dictada el 29 de noviembre de 2024, el tribunal establece que dicha jurisdicción no posee el monopolio exclusivo para conocer y resolver todos los asuntos relacionados con la actividad administrativa estatal. En cambio, el fallo reconoce que ciertos conflictos pueden ser resueltos por otras jurisdicciones, como las laborales, inmobiliarias y civiles, si se considera que estas son más idóneas para abordar el caso en cuestión.
El fallo fue motivado por el juez ponente, Rafael Vásquez Goico, quien en su razonamiento jurisprudencial subrayó que la Constitución establece, en principio, la idoneidad de la jurisdicción contenciosa administrativa para controlar la actividad administrativa estatal. Sin embargo, el tribunal matizó que dicha jurisdicción no debería ser la competente si, por alguna razón, se considera que otra jurisdicción tiene mayores capacidades técnicas o científicas para conocer y decidir el conflicto de manera más adecuada.
El principio de idoneidad y el debido proceso
El Tribunal destacó que esta decisión está en consonancia con el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, consagrado en el artículo 69 de la Constitución de la República. Este derecho garantiza que los asuntos sometidos a la consideración de los jueces sean resueltos de manera justa, de acuerdo con la especialidad del juez respecto a las características del conflicto. En este sentido, el tribunal advirtió que si un conflicto es resuelto por una jurisdicción que no es la más idónea en términos de su especialización, se estaría vulnerando el debido proceso, lo que afectaría sustancialmente los derechos fundamentales de las partes involucradas.
De acuerdo con la sentencia, si un conflicto es decidido por una jurisdicción que carece de la especialidad técnica o científica necesaria para aplicar adecuadamente el derecho pertinente, dicha decisión podría ser considerada contraria a los derechos fundamentales de las partes. Este principio busca garantizar que cada caso sea resuelto por el tribunal más adecuado, lo que contribuye a una justicia más efectiva y coherente con las particularidades de cada materia.
El caso concreto y la decisión final
El fallo de la Tercera Sala fue emitido en respuesta a un recurso de casación interpuesto contra la sentencia núm. 0030-1643-2023-SSEN-00615, dictada por la Quinta Sala del Tribunal Superior Administrativo, el 31 de julio de 2023. El recurso fue rechazado, confirmando la decisión de la sala inferior.
La sentencia es relevante, ya que resalta la flexibilidad en la asignación de competencias jurisdiccionales, permitiendo que los jueces actúen de acuerdo con la especialidad y las circunstancias de cada conflicto. Esto representa un avance en la interpretación del debido proceso, ya que prioriza la eficacia y la idoneidad en la resolución de los conflictos legales.
Repercusiones de la sentencia
Esta jurisprudencia marca un hito en el sistema judicial dominicano, pues amplía la interpretación tradicional de la jurisdicción contenciosa administrativa, estableciendo que esta no es la única vía para la resolución de conflictos relacionados con la administración pública. Al abrir la puerta para que otras jurisdicciones puedan intervenir, la sentencia ofrece una mayor flexibilidad en la solución de casos complejos que involucran la administración pública.
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Además, el fallo refuerza la importancia de la especialización judicial en la resolución de conflictos, un principio que tiene implicaciones significativas para el sistema judicial en su conjunto. La decisión subraya la necesidad de contar con tribunales especializados en diferentes áreas del derecho, lo que podría contribuir a una mayor eficiencia y justicia en la resolución de casos.
Acceso a la sentencia completa
Para aquellos interesados en conocer los detalles completos de la sentencia SCJ-TS-24-2520, se encuentra disponible en el sitio web del Poder Judicial, donde se puede consultar de manera íntegra el fallo y su fundamento jurídico. Los interesados pueden acceder a la sentencia a través del siguiente enlace:
En resumen, la decisión de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia marca un precedente importante en la interpretación de la jurisdicción contenciosa administrativa, ampliando las opciones disponibles para la resolución de conflictos administrativos y fortaleciendo el principio de idoneidad judicial en el sistema judicial dominicano.