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Nacionales 
  • Por: La Redacción
  • martes 28 enero, 2025

Condena a 3 años de prisión contra conductor que ignoró semáforo en rojo y causó muerte de otro

Santo Domingo (RD). – A solicitud del Ministerio Público, la jueza Franchesca Potentini, de la Quinta Sala del Tribunal Especial de Tránsito del Distrito Nacional, condenó a tres años de prisión a Santiago Martes de la Cruz, tras ser encontrado culpable de ocasionarle la muerte de Nicolás de la Rosa Ogando durante un accidente de tránsito ocurrido el 13 de agosto de 2023.

La condena deberá ser cumplida en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres. Además, el tribunal le condenó al pago de una multa equivalente a 50 salarios mínimos.

De acuerdo con la investigación realizada por el procurador fiscal investigador y litigante, Alfredo Valenzuela, Santiago Martes de la Cruz, conducía de manera imprudente una motocicleta marca Jincheng, modelo AX-100-B, color rojo, en dirección sur-norte por la avenida Máximo Gómez, cuando al intentar cruzar la intersección con la avenida San Martín, ignoró el semáforo en rojo y colisionó con la motocicleta marca Honda, modelo C70, color gris, conducida por la víctima, quien transitaba con el semáforo en verde.

Como resultado del impacto, Nicolás de la Rosa Ogando sufrió lesiones graves y falleció el mismo día en el Hospital Dr. Darío Contreras. Según el acta de defunción, la causa del deceso fue un trauma craneoencefálico severo, secundario a contusiones y hemorragias.

El Ministerio Público, representado por el fiscal Alfredo Valenzuela, logró incorporar las pruebas que dieron como resultado la condena, incluyendo un informe técnico emitido el 10 de septiembre de 2023 por el Departamento de Análisis e Inteligencia de Video Vigilancia del Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1. Este informe identificó la motocicleta del acusado a través de las cámaras de vigilancia, confirmando que cruzó la avenida San Martín mientras el semáforo estaba en rojo.

El tribunal determinó que la conducta del acusado es violatoria a los artículos 220, 303 numeral 5, y 304 numeral 3 de la Ley No. 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana.

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