Santo Domingo, R.D. -Cabe destacar que todos los colaboradores del Ministerio de la Juventud ha denunciado que fueron desvinculados de sus funciones sin previo aviso, a pesar de haber trabajado durante todo el mes de enero en las actividades regionales del Premio Nacional de la Juventud. Existen evidencias documentales y testimoniales que demuestran que continuamos trabajando hasta el momento de la desvinculación.
Durante todo el mes, continuaron desempeñando sus funciones en las diferentes regiones del país, sin sospechar que habían sido cesados de sus cargos.
Según los afectados, la desvinculación tiene fecha del 7 de enero, pero en ningún momento recibieron notificación formal por parte del Ministerio de la Juventud . En aparente violación de las disposiciones establecidas en la Ley 41-08 de Función Pública.
La situación salió a la luz cuando los colaboradores recibieron un pago de salario significativamente reducido, de menos de 5,000 pesos. Al comunicarse con el departamento de Recursos Humanos para aclarar la situación, fueron informados de que ya no formaban parte de la institución.
Los afectados expresan su indignación ante lo que consideran una falta de respeto y transparencia por parte del Ministerio de la Juventud, liderado por el ministro Carlos Valdez y la Directora de Extensión Regional Paola Maciel Lara. Exigen explicaciones y el pago correspondiente por el trabajo realizado durante el mes de enero.
Según el Artículo 87 de la Ley 41-08, la administración pública debe garantizar que las desvinculaciones se realicen con causa justificada y respetando el debido proceso. En este caso, no se nos informó ninguna razón válida que justificara la terminación de nuestros contratos
Conforme al Artículo 86 de la misma ley, la administración debe comunicar formalmente la desvinculación de los servidores públicos, lo cual no fue cumplido en nuestro caso.
De acuerdo con el Artículo 58, los servidores públicos tienen derecho a recibir el pago por los servicios prestados, así como las compensaciones correspondientes en caso de desvinculación. Al haber trabajado el mes completo, exigimos el pago de nuestros salarios y derechos adquiridos.
Que necesitamos los afectados:
Revisión inmediata de nuestra desvinculación para determinar si se ajusta a derecho y, en caso contrario, proceder con la reincorporación a nuestros cargos.
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En caso de mantenerse la desvinculación, exigimos el pago completo de los salarios y compensaciones adeudadas, conforme lo establece la Ley 41-08.
Respuesta formal por parte del Ministerio de la Juventud sobre las razones de nuestra desvinculación y las medidas correctivas que se tomarán.
Dado que estas acciones afectan no solo a nuestra estabilidad laboral, sino también el cumplimiento de los principios de la función pública, solicitamos una pronta respuesta y estamos dispuestos a ejercer los recursos administrativos y legales que correspondan.
Hasta el momento, el Ministerio de la Juventud no ha emitido declaraciones oficiales sobre esta situación.