Santo Domingo, RD.-. La joven de 20 años Sudiksha Konanki, desaparecida desde el 6 de marzo mientras se bañaba en la playa de Punta Cana, no puede ser declarada “legalmente muerta”, como lo han solicitado sus padres, hasta que no transcurren cuatro años de su ausencia.
Así lo establece la legislación dominicana, en referencia a los caos como el ocurrido con la joven originaria de la India y cuya búsqueda sido intensa desde la madrugada de ese día, después que fuera vista por última vez con Joshua Steve Riibe, quien ha sido sometido a prolongados interrogatorios por la Procuraduría General de la República y el Buró Federal de Investigaciones de Estados Unidos.
La solicitud de “declaración legal del fallecimiento” presentada por Subbarayudu Konanki y StreeDevi Konanki, padre de la desaparecida, ha puesto el relieve de su poca esperanza de que pudiera ser encontrada con vida.
¿Pero qué dice el Código Civil de República Dominicana sobre la ausencia de una persona?
Su artículo 115 es claro: “Si no se tiene noticia de una persona ausente de su domicilio o residencia durante cuatro años consecutivos, las partes interesadas pueden solicitar al tribunal de primera instancia que se declare su ausencia.
Para hacer constar la ausencia, el tribunal:
Art. 116.- Para hacer constar la ausencia, el tribunal, después de examinar todos los documentos presentados, dispondrá que se haga una información contradictoria con el fiscal en el distrito a que el domicilio pertenezca y en el de la residencia, si son distintos el uno del otro.
Art. 117.- El tribunal, al dictar fallo sobre la demanda, tendrá muy presentes los verdaderos motivos de la ausencia y de las causas que hayan impedido recibir noticias del individuo cuya ausencia se presume.
Art. 118.- El Fiscal remitirá al Procurador General de la República, que los hará públicos, los fallos tan pronto como se pronuncien.
Art. 119.- La sentencia de la declaración de ausencia no se pronunciará sino un año después del fallo en que se ordenare la información.
Posición de los padres
“Si bien ninguna declaración puede aliviar realmente nuestro dolor, confiamos que este paso nos dará un cierre y nos permitirá honrar su memoria”, indicaron los padres de la joven desaparecida Sudiksha Konanki, identificados como Subbarayudu Konanki y StreeDevi Konanki.
Por esta razón fue que pidieron que las autoridades declaren legalmente la muerte de Konanki, cuya desaparición se produjo el 6 de marzo y por cuyo caso ha sido investigado Joshua Steve Riibe, por haber sido la última persona que tuvo contacto con la joven de 20 años.
“Dadas estas circunstancias, y tras una larga deliberación, solicitamos que el departamento de policía proceda a declarar legalmente su fallecimiento. Entendemos que se deben seguir ciertos procedimientos legales y estamos preparados para cumplir con cualquier formalidad o documentación necesaria”, indican.
Así se hace constar en una carta enviada al mayor de la Policía Nacional, José del C. Ramírez de la Rosa, encargado de la investigación en esa zona, y en la que evidentemente los padres de Konanki habrían admitido la posibilidad de que su hija muriera ahogada.
Entre las coyunturas que se barajan sobre la desaparición de Konanki existe la posibilidad de que habría sido víctima de “un ahogamiento accidental”.
En uno de los interrogatorios a que fue sometido, Riibe había revelado que cuando él y Konanki se encontraban en la playa –aquel fatídico 6 de marzo- fueron arrastrados “mar adentro” por “fuertes olas” y que, desde entonces, no tuvo conocimiento y ni contacto, hasta que fue enterado de su desaparición, que se ha extendido hasta doce días.