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Política 
  • Por: La Redacción
  • martes 01 abril, 2025

La JCE propone marco regulatorio para asociaciones cívicas que postulen candidatos independientes

El proyecto especifica que las asociaciones cívicas deben cumplir requisitos legales, incluyendo inscripción y presentación de documentos fiscales, para participar en procesos electorales con candidaturas independientes.

Santo Domingo, RD.-. La Junta Central Electoral (JCE) ha formalizado ante la Cámara de Diputados un proyecto de ley mediante el cual se busca establecer las normas que permitan regular las candidaturas independientes, en cumplimiento de una sentencia del Tribunal Constitucional.

El documento titulado “Proyecto para Asociaciones Cívicas Constituidas para la Postulación de Candidaturas Independientes” fue remitido a la consideración de la Cámara de Diputados acompañado de una comunicación del presidente de la JCE, Román Jáquez, por la vía de Alfredo Pacheco, en su calidad de presidente del organismo legislativo.

La iniciativa y su posterior envío al Congreso Nacional se aprobó en la sesión del pleno de la JCE celebrada el 28 de marzo, cuya acta levantada es 08-2025.

En la carta se hace del voto disidente del miembro titular Rafael Armando Vallejo Santelises.

"Por medio de la presente, en nombre del Pleno de la Junta Central Electoral y en ejercicio de la facultad de iniciativa legislativa que le otorga a este órgano el artículo 96, numeral 4 de la Constitución de la República, remitimos el proyecto de ley que regula las asociaciones cívicas destinadas a la postulación de candidaturas independientes", indica Jáquez en la carta.

El proyecto fue sometido a consultas y recomendaciones por parte de los partidos políticos reconocidos, que expresaron su desacuerdo con la sentencia del Tribunal Constitucional sobre las candidaturas independientes y luego plantearon la necesidad de la fijación de un marco regulatorio, según la Ley Electoral.

En el proyecto que será sometido a discusión por la Cámara de Diputados se precisa que los candidatos independientes deberán ser postulados por asociaciones cívicas (A.C.), cuya existencia estará limitada al proceso electoral.

Se establece, también, que esas agrupaciones estarán obligadas a cumplir con requisitos específicos de constitución y registro para su reconocimiento legal ante la JCE.

Esas entidades serán creadas exclusivamente con fines electorales y deberán disolverse al concluir el proceso electoral para el cual fueron establecidas, se precisa en el proyecto sometido por la Junta al Congreso.

Entre los requisitos establecidos están que las asociaciones deberán presentar un acta constitutiva con información sobre su objeto social, datos de los fundadores, reglas internas, estructura organizativa y domicilio.

Otro requisito es que las asociaciones estarán obligadas a obtener un Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y abrir una cuenta bancaria para la administración de sus recursos.

A esos grupos se les exigirá una contabilidad adecuada y presentar declaraciones fiscales periódicas ante la JCE.

En materia electoral, la asociación cívica estará obligada a respaldar solo una candidatura independiente por cada nivel y demarcación específica.

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