En un verdadero Estado de derechos como presumimos es República Dominicana, no obstante el peso que aún conserva la figura presidencial, las instituciones creadas por leyes especiales juegan el rol determinante para el que fueron creadas. Ese anacrónico modelo de "el hombre orquesta" en donde el presidente de la República era ley, batuta y constitución quedó sepultado, naciendo un modelo en el que a pesar de permearse ciertos procesos, existe una justicia capaz de tutelar el derecho de propiedad que consagra nuestra Constitución en su artículo 51.
En estos días ha sido colocado en palestra una controversia entre los empresarios Juan Ramón Gómez Díaz y Dany Alcántara, propietarios de Grupo Telemicro y de ACD Media (respectivamente), quienes se disputan la titularidad de la frecuencia digital del canal 3, asignado bajo el imperio de la Ley General de Telecomunicaciones 153-98 a la empresa Franasyl SRL, del Grupo ACD Media, por parte del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), en atención al mandato de la televisión terrestre digital que establece el apagón analógico.
Cuando alguien procura una licencia de construcción, no la tramita por ante el ministerio de Salud, de Agricultura, de Finanzas, ni siquiera en el mismo de Obras Pública que hasta hace poco era el órgano facultado; nuestro ordenamiento jurídico faculta para esta tarea al ministerio de Vivienda y Edificaciones (MIVHED); de igual manera, cuando se trata de otorgar una licencia para operar frecuencias de radio o televisión, el órgano investido de tal prerrogativa es el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), quien continúa siendo en representación del Estado, dueño de dichas frecuencias.
Como en República Dominicana se produjo un "apagón analógico" (proceso mediante el cual cesó la transmisión de señales de televisión en formato analógico para dar paso exclusivamente a la Televisión Terrestre Digital – TTD – formalizado mediante decreto presidencial 666-23), sistema de transmisión que utiliza señales digitales en lugar de analógicas, lo que permite una mejor calidad de imagen y sonido, así como una mayor eficiencia en el uso del espectro radioeléctrico; quienes están en el negocio han procurado adaptarse a este nuevo formato de la transmisión de imágenes.
La visión no es otra cosa que desarrollar la capacidad premonitoria que te permite vislumbrar eventos al otro lado de la curva o que se producirán en el futuro. El señor Dany Alcántara, presidente del Grupo ACD Media, consciente de lo que se vendría, realizó todos los trámites legales en procura de que se le asignase una frecuencia que hasta ese momento estaba disponible, obteniendo del órgano rector la correspondiente licencia de usufructo del canal 3 digital. Hoy, el INDOTEL está compelido a garantizar ese derecho que ha otorgado al veterano periodista, quien toda su vida ha exhibido una intachable e incuestionable conducta; y una acrisolada trayectoria divorciada de todo ruido mediático.
El señor Juan Ramón Gómez Díaz, es propietario de decenas de emisoras de radio; de Telemicro, canal 5; Telecentro, canal 13; Digital 15; y de otra frecuencia que ni siquiera ha utilizado; ha sido reincidente en procurar despojar de sus medios a quienes han ostentado su derecho de posesión; ya ha ocurrido en el pasado con una importante familia del mundo de la política vernácula; esta vez las cosas son diferentes por el régimen de consecuencias. Mal haría el INDOTEL enviar tan infausta señal a inversionistas extranjeros que siguen las incidencias de este país para invertir sus recursos, que carecemos de seguridad jurídica y que no se garantiza el constitucional derecho de propiedad. El problema de Kiko con El Chavo, nunca fue porque Kiko quisiera lo de El Chavo, sino que no deseaba que El Chavo tuviera nada.