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Internacionales 
  • Por: Agencias
  • miércoles 11 junio, 2025

El TSJM obliga a investigar denuncia del PP contra Pedro Sánchez sobre el rescate de Air Europa

El TSJM considera que el PP está legitimado para la denuncia, criticando la falta de investigación de la Oficina de Conflicto de Intereses sobre los supuestos intereses personales del presidente.

Madrid.-El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ordenado a la Oficina de Conflicto de Intereses, dependiente del Ministerio para la Transformación Digital, que admita la denuncia que presentó el PP contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por el rescate de Air Europa y los negocios de su esposa, Begoña Gómez.

Los magistrados se han pronunciado así después de que los 'populares' presentaran un recurso contencioso-administrativo ante el TSJ madrileño contra las resoluciones de la Secretaría de Estado de Función Pública y de la Oficina de Conflictos de Interés por las que se archivó la denuncia que presentaron los de Alberto Núñez Feijóo en marzo de 2024.

En una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el tribunal sostiene que "debe procederse a la tramitación de la denuncia" del PP "con una actividad de investigación al respecto". "Y una vez realizado, se dictará la resolución procedente, que puede ser el archivo de las actuaciones si resulta así, pero en todo caso, ha de adoptar una decisión motivada y pronunciarse sobre las pruebas solicitadas", añade.

El TSJ madrileño concluye que el PP está legitimado para presentar dicha denuncia y para impugnar el archivo, toda vez que no se llevó a cabo "una actividad investigadora mínima para adoptar una decisión".

El PP presentó una denuncia en la Oficina de Conflicto de Intereses al considerar que Sánchez tenía que haberse abstenido de participar en las reuniones del Consejo de Ministros en las que se adoptaron decisiones relativas al rescate de Air Europa, al entender que afectaba a los "intereses personales" de su esposa. El órgano respondió que no se daban los supuestos que permitiesen considerar que el presidente del Gobierno tenía que abstenerse.

Los magistrados inciden en que "no se ha producido actividad de material de investigación por parte de la Oficina de Conflicto de Intereses" más allá de un informe sin mayores datos. "No se aporta documentación alguna que sustente el contenido del informe", añaden.

El tribunal recuerda que la Oficina de Conflicto de Intereses rechazó la denuncia del PP en base a un informe de la Secretaría General de la Presidencia en el que se aseguraba que Begoña Gómez no había tenido ni tiene relación laboral o profesional que implique el ejercicio de funciones de dirección, asesoramiento o administración en Air Europa o Globalia.

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