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Nacionales 
  • Por: La Redacción
  • martes 09 diciembre, 2025

Contrataciones Públicas dice contratos con SENASA se rigen por régimen de la Seguridad Social, no por Compra y Contrataciones

La DGCP enfatiza que la Ley 340-06 regula las adquisiciones operativas de SENASA y supervisa la transparencia y eficiencia en esos procesos, mientras que destaca su compromiso con el buen uso de recursos públicos.

Santo Domingo, RD.- La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) aclaró este martes que los contratos que realiza el Seguro Nacional de Salud (SENASA) con los Prestadores de Servicios de Salud (PSS) se rigen principalmente por el sistema normativo propio del Régimen de Seguridad Social, establecido por la Ley 87-01, y no por la Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones Públicas.

El órgano rector explicó que los acuerdos entre SENASA y los Prestadores de Servicios de Salud (PSS) en relación con tarifas, coberturas, estándares y condiciones esenciales se enmarcan en un régimen técnico regulado por la Ley de Seguridad Social.

“Por esta razón, estos contratos no se rigen por la Ley 340-06, y la DGCP no tiene competencia sobre la definición de tarifas, la selección de prestadores o la revisión de los acuerdos regulados por la Ley 87-01”, destacó el órgano rector mediante una nota de prensa en la que reafirma la correcta distribución de competencias entre ambos marcos jurídicos.

No obstante, la DGCP aclaró que las adquisiciones de bienes, servicios y obras para el funcionamiento operativo de la aseguradora estatal sí están reguladas a través de la Ley 340-06.

“En estos procedimientos, si la DGCP ejerce la rectoría del Sistema de Compras y Contrataciones, acompaña técnicamente, emite opiniones vinculantes y vela por el cumplimiento de los principios de transparencia, eficiencia y competencia”, subrayó la institución.

En este contexto, el órgano rector recordó que, en ejercicio de sus atribuciones, emitió en agosto pasado la Resolución RIC-0109-2025, mediante la cual anuló un procedimiento de contratación directa entre SENASA y la empresa Farmacard, S.R.L., tras comprobar que el servicio contratado no se enmarcaba en la Ley 87-01 de Seguridad Social, sino que era de naturaleza administrativa y tecnológica.

La DGCP reafirmó su compromiso con la transparencia, la integridad y la correcta aplicación de la normativa vigente, y aseguró que continuará apoyando a las instituciones para garantizar la transparencia y el uso adecuado de los recursos públicos.

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