
La defensa del exdirector del Seguro Nacional de Salud (SENASA), Santiago Hazim, arremetió contra la decisión judicial que ordenó su prisión preventiva, al considerar que la medida viola derechos fundamentales y carece de sustento jurídico.
Miguel Valerio, abogado del exfuncionario, anunció que apeló la resolución emitida por el juez Rigoberto Sena ante la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional. Según explicó, el fallo no se apoya en argumentos legales, sino en valoraciones personales ajenas a los criterios que rigen las medidas de coerción.
El jurista denunció que la resolución incorpora juicios morales, referencias bíblicas y apreciaciones subjetivas —como supuesta avaricia, traición o deslealtad— que, a su entender, desbordan el rol del juzgador y hacen la decisión jurídicamente anulable.
Valerio subrayó que la prisión preventiva solo debe aplicarse para evitar la fuga del imputado o la destrucción de pruebas, elementos que —asegura— no fueron analizados de manera rigurosa. Añadió que el propio tribunal reconoció el arraigo de Hazim y que este aspecto no fue cuestionado por el Ministerio Público.
Pese a ello, criticó que se impusiera una medida privativa de libertad cuyo plazo duplica el tiempo otorgado para concluir la investigación, lo que calificó como una pena anticipada, prohibida por el Código Procesal Penal.
La defensa también alertó sobre el estado de salud de Hazim, quien padece esclerosis múltiple. Valerio indicó que se aportaron certificaciones médicas que confirman que el exfuncionario recibe un tratamiento especializado que no debe interrumpirse, ya que podría provocar un deterioro irreversible de su condición física.
Aunque el juez reconoció la enfermedad, concluyó que no existe un riesgo vital inmediato, una valoración que el abogado consideró insuficiente y carente de sensibilidad.
Para Valerio, la prisión preventiva impuesta deja de ser una medida procesal y se convierte en una sanción más severa que una eventual condena. Por ello, solicitó a la Corte de Apelación la revocación total de la resolución, alegando violaciones al debido proceso, a la tutela judicial efectiva y a la imparcialidad judicial.