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Nacionales 
  • Por: La Redacción
  • miércoles 28 enero, 2026

Juez ordena tres meses de prisión para oficial del Ejército acusado de homicidio

Teniente coronel Samuel Elías Céspedes Valdez y mujer muerta.

Santo Domingo, RD.- Un tribunal del Distrito Nacional impuso tres meses de prisión preventiva como medida de coerción contra un teniente coronel del Ejército, imputado por la muerte de una joven en un hecho ocurrido el pasado domingo 25 de enero en el parque Mirador Sur del Distrito Nacional.

El juez de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, Rigoberto Sena, ordenó que el imputado Samuel Elías Céspedes Valdez cumpla la medida cautelar en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Las Parras.

El acusado está siendo procesado por la muerte de Licairis Yalibes Díaz Valenzuela, con quien mantenía una relación sentimental y a quien le quitó la vida con un arma de fuego durante una discusión entre ambos, mientras se encontraban en el mencionado parque.

De acuerdo con la solicitud presentada por la procuradora de corte Santa Matilde Reyes Valenzuela, titular del Departamento de Asuntos Internos de la Fiscalía del Distrito Nacional, al lugar acudieron agentes policiales tras recibir la alerta correspondiente, quienes confirmaron el fallecimiento de la mujer.

El imputado fue arrestado en flagrante delito, se le leyeron sus derechos constitucionales y fue trasladado al departamento correspondiente para los fines legales.

El levantamiento del cadáver de la joven fue realizado por un médico legista del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), quien certificó que la causa de muerte fue una herida provocada por un proyectil de arma de fuego, con una trayectoria incompatible con un hecho accidental, como quiso alegar el imputado.

El Ministerio Público indica que, por la trayectoria del impacto que presenta la víctima, se puede deducir que se trató de un homicidio intencional. Durante el proceso de intervención, el arma utilizada fue entregada voluntariamente y quedó bajo custodia de las autoridades.

El Ministerio Público calificó jurídicamente los hechos como homicidio voluntario, en violación de los artículos 295 y 304, numeral II, del Código Penal Dominicano.

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