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Nacionales 
  • Por: La Redacción
  • jueves 26 marzo, 2026

Migración define nuevos pasos para renovar permisos de trabajo temporales

La resolución aspira a asegurar transparencia, seguridad jurídica y cumplimiento eficaz de la normativa migratoria, advirtiendo sobre las sanciones por trabajos informales y permanencia irregular, y recalcando que no habrá nuevos requisitos, solo un refuerzo de los existentes.

Sede de la Dirección de Migración

Santo Domingo, RD.- La Dirección General de Migración (DGM) emitió la Resolución 001-2026, la cual detalla los requisitos para la renovación de los permisos de trabajo temporales (TT-1) para extranjeros no residentes. Además, precisó que las solicitudes para obtener esta condición deben estar acompañadas de un contrato de trabajo registrado en el Ministerio de Trabajo, advirtiendo que este no autoriza los trabajos informales.

La institución indicó que esta disposición entra en vigor tanto para las solicitudes en trámite como para las nuevas, señalando que esta resolución forma parte de un proceso de revisión interna realizado para asegurar la correcta aplicación de la normativa vigente, fortalecer la transparencia de los procesos y brindar mayor seguridad jurídica tanto a empleadores como a trabajadores extranjeros.

De acuerdo con la DGM, la resolución busca corregir las solicitudes de permiso formuladas para trabajadores temporeros. Además, establece que toda solicitud deberá contar con un contrato de trabajo registrado en el Ministerio de Trabajo y no con sustentos laborales amparados en declaraciones juradas, las cuales no están contempladas en la Ley de Migración 285-04 y su reglamento de aplicación 631-11.

El proceso de renovación, indica, deberá realizarse a través de la plataforma institucional, acompañado de la documentación que respalde la continuidad del vínculo laboral. Entre estos documentos se incluye una carta del empleador con el contrato de trabajo adjunto, en la que se justifique la solicitud de renovación y se garantice la permanencia del trabajador durante el período autorizado, así como una certificación de su inscripción en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).

Asimismo, se deberá establecer de manera expresa que el empleador es responsable de coordinar, junto con la autoridad migratoria, la repatriación del trabajador extranjero a su país de origen una vez finalizado el contrato, conforme a lo establecido en la normativa vigente.

La DGM indicó que, para la renovación, será necesario presentar un pasaporte vigente (con al menos 18 meses de validez), el carné de trabajador temporero, un certificado médico, una póliza de garantía migratoria, una constancia de inscripción en la TSS y una dirección dentro de la zona autorizada para laborar.

La institución aclaró que no se admitirán declaraciones juradas como sustituto del contrato de trabajo, reiterando que este debe ser formal y acorde con el tipo de permiso otorgado. Asimismo, cada solicitud de renovación deberá estar respaldada por un nuevo contrato que confirme la continuidad de la actividad laboral.

El título "Límites del permiso temporal para extranjeros" no contiene errores gramaticales. Sin embargo, si deseas que revise un párrafo adicional, por favor proporciónamelo y estaré encantado de ayudarte.

Finalmente, Migración advierte que tener un permiso de trabajo vigente no autoriza al portador a realizar trabajos informales, tales como moto concho, taxista, vendedor ambulante, repartidor y mensajero, entre otros. Por lo tanto, el incumplimiento de estas condiciones, así como la permanencia irregular en el territorio nacional, podrá conllevar sanciones conforme a la legislación vigente, incluyendo la cancelación del estatus migratorio y la deportación.

Se alerta igualmente a los empleadores de portadores de permisos de trabajo temporales (TT-1) que no están respaldados por un contrato de trabajo con la empresa contratante, que pueden ser sancionados con multas por no cumplir con el debido proceso en sus contrataciones. La DGM aclara que esta disposición no introduce nuevos requisitos, sino que organiza, precisa y refuerza el cumplimiento de los ya contemplados en la legislación migratoria dominicana, con el fin de lograr una gestión más clara, ordenada y efectiva.

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