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Economía 
  • Por: Bernardo Núñez
  • lunes 25 julio, 2022

Suprema falla a favor de empresario Ángel Rondón en proceso reclama pago a Constructora Norberto Odebrecht

Suprema Corte de Justicia.

Santo Domingo.-La Suprema Corte de Justicia rechazó el recurso de casación interpuesto por la Constructora Norberto Odebrecht contra la sentencia de la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional del 18 de febrero de de 2020, que autoriza a la empresa Consultores Contratistas (Conamsa) a trabar embargo retentivo por el incumplimiento de un acuerdo.

El embargo de Consultores y Contratistas es contra la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, El Instituto Nacional de Agua Potable y Alcantarillados (Inapa), la Contraloría General de la República, Tesorería Nacional, la Dirección General de Presupuesto, el Banco de Reservas y la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE).

Además contra la Dirección General de Deudas Públicas, la empresa Ingeniería Estrella y los ministerios de Hacienda y Obras Púbicas y Comunicaciones (MOPC) para que se mantenga el embargo retentivo a créditos pendientes que tenga Odebrecht a su favor con esas instituciones por concepto de contratos de cesión de derechos suscritos por obras que ejecutó en la República Dominicana.

Con el embargo, Consultores y Contratistas, propiedad de Ángel Rondón, busca cobrar US$ 25,669,563 que le adeudaría el Consorcio Norberto Odebrecht de un convenio de transferencia de derechos que suscribieron el 15 de noviembre del 2007, de la totalidad de su participación en el proyecto hidroeléctrico Palomino, a cambio del pago de una compensación.

La sentencia también ordenó a la parte recurrente, Constructora Norberto Odebrecht, a pagar las costas a favor de Consultores y Contratistas, en provecho de los abogados Eduardo Núñez, Carmen Luisa Martínez Coss y Katherine Almonte.

La decisión de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia la firman los jueces Pilar Jiménez Ortiz, presidente; Justiniano Montero Montero, Samuel Arias Arzeno, Vanessa Acosta y Napoleón Estévez Lavandier, miembros y tiene fecha del 29 de junio de 2022.

Las empresas objeto del embargo fueron notificadas la misma fecha por Consultores y Contratistas a través de acto de alguacil.

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