Santo Domingo.-El discurso de rendición de cuenta los 27 de Febrero ante la Asamblea Nacional no es un mandato constitucional del presidente de la República desde el 2010, aunque los últimos mandatarios han seguido la costumbre de forma religiosa, haciéndolo mediante discurso, porque no se le está prohibido.
La Constitución de 2010 establece en la letra f del Artículo 128, que entre las funciones del presidente de la República, en su condición de Jefe de Gobierno, tiene la responsabilidad de: «Depositar ante el Congreso Nacional, al iniciarse la primera legislatura ordinaria el 27 de febrero de cada año, las memorias de los ministerios y rendir cuenta de su administración del año anterior».
Lo que si tiene el presidente de la República como mandato constitucional para la fecha en su condición de Jefe de Estado, que se celebra el Día de la Independencia Nacional, es de acuerdo a la letra a: Presidir los actos solemnes de la Nación.
También en su condición de Jefe de Estado, letra j: «Conceder indultos los días 27 de febrero, 16 de agosto y 23 de diciembre de cada año, de conformidad con la ley y las convenciones internacionales».
Sin embargo, el discurso de rendición de cuenta o mensaje del presidente de la República los 27 de Febrero, se hace desde que la República Dominicana volvió a la democracia con la presidencia de Joaquín Balaguer en julio de 1966.
Estaba contemplado en el acápite 22 del Artículo 55 de la Constitución de 1966, dada el 28 de noviembre, que el mandatario además de depositar las memorias de las secretarías de Estado, pronunciara un mensaje. «Depositar ante el Congreso Nacional, al iniciarse la primera Legislatura Ordinaria el 27 de Febrero de cada ana, un mensaje acompanado de las memorias de los Secretarios de Estado, en el cual dara cuenta de su administracion del año anerior».
Atendiendo a ese mandato, el entonces presidente Joaquín Balaguer pronunció el 27 de Febrero de 1967 el primer discurso o mensaje de su mandato, que debía concluir en 1970 y así lo resalta ante los senadores y diputados, reunidos en Asamblea Nacional.
“En cumplimiento de lo que dispone el Artículo 55, Ordinal 22 de la Constitución de la República, tengo a honra depositar ante el Congreso Nacional el mensaje y las memorias de los Secretarios de Estado correspondientes a los seis primeros meses del gobierno que inició el primero de junio de 1966”, acortó el presidente Balaguer.
Pero la Constitución de 1963, votada el 29 de abril, en su Artículo 128, acápite 20 contenía como atribuciones del presidente de la República: «Asistir el 27 de Febrero de cada año a a la apertura del Congreso Nacional y presentar un informe en que dará cuenta de su administración en el transcurso del año anterior, acompañándolo de las memorias de los Ministros sobre los asuntos de sus respectivas carteras».
A Juan Bosch, le correspondió su primer y único discurso ante la Asamblea Nacional el 27 de febrero de 1963, pero correspondió a la toma de posesión del gobierno que obtuvo en las urnas el 20 de diciembre de 1962.
Con la vuelta a la constitucionalidad en 1966, al presidente Joaquín Balaguer, que tomó posesión el 1 de julio, le correspondió el primer discurso el 27 de febrero, luego al presidente Antonio Guzmán Fernández, ganador de las elecciones de 1978.
Luego al presidente Jorge Blanco, que asumió el poder el 16 de agosto de 1982; en 1986 volvió Joaquín Balaguer con sus discursos o mensajes de rendición de cuenta, que se extendieron hasta 1995.
En 1997 lo hizo Leonel Fernández, que resultó ganador en 1996 en segunda vuelta de las elecciones adelantadas que debían producirse en 1998, por el recorte de dos años al mandato de Joaquín Balaguer, que fue escogido en mayo de 1994 y debía concluir en agosto de 1998.
Sustituyó a Leonel Fernández el 16 de agosto de 2000 Hipólito Mejía, volvió Fernández en 2004 y se mantuvo hasta el 2012, cuando fue sustituido por su compañero de partido Danilo Medina, que permaneció en el poder por ocho años.
El presidente Luis Abinader asumió el 16 de agosto de 2020 y este 27 de febrero pronunciará el tercer discurso o mensaje de rendición de cuenta de su mandato constitucional que concluirá el 16 de agosto de 2024.