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  • Por: djtv28
  • martes 21 febrero, 2017

Presidente Medina promulga Ley de Tránsito que elimina OTTT, DGTT, CART y Fondet

República Dominicana.-El presidente Danilo Medina promulgó este martes la Ley de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, la cual establece, en sus artículos 67 y 68, que para operar los autobuses dedicados al transporte escolar serán de un color único, con ribetes e inscripciones distintivos de cada empresa.

Asimismo, limitará los pasajeros transportados al número de asientos de la unidad.  

Lo que establece la nueva Ley

La Ley de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, como organismo rector y operativo de reorganizar el transporte de carga y pasajeros, eliminará siete organismos oficiales que regulan ese sector, limitará a los motociclistas a abordar una persona no menor de ocho años y a los carros públicos a montar sólo cinco personas, incluyendo el conductor.

La legislación crea el Instituto de Tránsito Terrestre (Intrant), que será la que tendrá el rol de organizar el transporte terrestre en el país.

La normativa elimina la Oficina Técnica del Transporte Terrestre (OTTT); Dirección General de Tránsito Terrestre (DGTT); Consejo para la Administración y Regulación de Taxis (CART); Caja de Pensiones y Jubilaciones para los Choferes del Transporte Público, y el Fondo de Desarrollo del Transporte Terrestre (Fondet).

La nueva Ley de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana contempla la aplicación de un programa de enseñanza de la normativa que deberá ser incluido en el currículo de educación de los niveles educativos inicial, básica y media.

Será desarrollado por la Escuela Nacional de Educación Vial (Enevial), en coordinación con el Ministerio de Educación y el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), organismo rector, nacional y sectorial, descentralizado del Estado, con personería jurídica y autonomía administrativa, financiera y técnica, encargado de cumplir y hacer cumplir esta ley y sus reglamentos.

La legislación contempla una serie de reglamentos que normarán su funcionamiento, para los cuales se establecieron plazos específicos.

El artículo 336 establece que el Intrant, en coordinación con el Ministerio de Administración Pública, elaborará y someterá al Poder Ejecutivo, en un plazo de seis meses, los reglamentos que establecen las estructuras orgánicas y funcionales. De igual manera, indica que el reglamento para el funcionamiento de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) será elaborado por el Ministerio de Interior y Policía en coordinación con el Intrant.

Mientras que habrá otro reglamento para el procedimiento administrativo de imposición de sanciones, que deberá estar listo en un plazo no mayor de ocho meses, luego de promulgada la ley.

Señala además en su artículo 338 que el Poder Ejecutivo dictará dentro de un plazo de seis meses, el reglamento para la aplicación del impuesto adicional al consumo de combustibles fósiles y derivados del petróleo, a ser utilizados en el Plan Nacional de Renovación de la Flota del Transporte.

El Intrant y los ayuntamientos serán competentes para conocer de las infracciones a las disposiciones que regulan el transporte terrestre y la aplicación de las sanciones administrativas. Sus decisiones podrán ser impugnadas a través de recursos administrativos, los cuales podrán ser presentados dentro de los diez días de la notificación del acto objeto de impugnación.

En materia de movilidad, transporte terrestre, tránsito y seguridad vial, se establece que los reglamentos, resoluciones y órdenes emitidas por el Intrant serán las normas comunes del sector, sin perjuicio de las disposiciones de los ayuntamientos que tendrán rango y aplicación únicamente en sus atribuciones.

Toda ordenanza municipal que contradiga total o parcialmente las disposiciones de esta ley y sus reglamentos, o con las disposiciones del Intrant relativas al uso de la vía pública, se considerarán nulas y sin efecto legal alguno.

El Intrant llevará, gestionará y administrará los registros sobre licencias de conducir que actualmente administra la Dirección General de Tránsito Terrestre del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, indica la normativa.

 

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