Santo Domingo,RD.-La Junta Central Electoral(JCE) autorizó mediante resolución que los delegados/as titulares y suplentes de los partimos políticos, acreditados en los colegios electorales que funcionarán en las circunscripciones electorales del exterior, podrán ejercer su derecho al sufragio en las elecciones presidenciales y de diputaciones del exterior el domingo 9 de mayo de 2024, en cualesquiera de los colegios electorales de la circunscripción electoral a que pertenezcan.
La JCE establece que si un delegado/a titular o suplente de un partido político que ha sido designado en un colegio electoral en el exterior, distinto a aquel en el que deba ejercer se derecho al sufragio, podrá votar en éste último, siempre que el referido colegio electoral pertenezca o la mismo circunscripción electoral del exterior a la que corresponde su lugar de votación.
La JCE establece en su resolución que en este caso, el presidente del colegio electoral en el que dicho delegado hoyo ejercido el voto. retendrá su Cédula de Identidad y Electoral, lo cual le será devuelto, uno vez que concluya lo jornada de votación.
El organismo comicial ordenó que la resolución sea publicada en lo tablilla de publicaciones. en lo página Web de la Junta Central Electoral y comunicada formalmente paro los fines correspondientes, a las organizaciones políticas reconocidas. las juntas electorales, las Oficinas de Coordinación de Logístico Electoral en el Exterior y los Colegios Electorales, en cumplimiento de los disposiciones de la Ley Orgánica del Régimen Electoral No. 20-23.