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  • Por: djtv28
  • lunes 17 abril, 2017

Ex jueza Cristo Cristo somete recurso revisión de su caso

Santo Domingo-La destituida juez de la Quinta Sala del Juzgado de Trabajo del Distrito Nacional, Margarita Cristo Cristo, sometió un recurso de revisión por ante el Consejo del Poder Judicial (CPJ) mediante el cual solicita modificar la decisión que la separó del cargo.

“Que rechace la acusación presentada por la Procuraduría General de la República en contra de la magistrada Margarita Cristo Cristo y que sea declarada no culpable de haber cometido faltas en el ejercicio de sus funciones”, precisa la instancia.

Ahora corresponde al Consejo del Poder Judicial fijar el día y la hora para conocer de la solicitud de revisión en caso de que sea admitido el recurso.

La destitución de la magistrada Cristo Cristo ha provocado reacciones en el ámbito judicial a favor de su reposición debido a que el CPJ se excedió en su decisión debido a que, según se alega, adoptó una resolución por encima de lo solicitado por el Ministerio Público donde no había querellante.

Se alega, además, que la magistrada Cristo Cristo fue destituida a pesar de que durante el proceso se excluyó la única prueba, consistente en un video, que era lo que daba origen al proceso, y no se presentaron testigos, tomando como único medio de prueba la declaración de la magistrada hecha por Inspectoría del CPJ, sin la presencia de un abogado, para fundamentar su decisión, violentando el principio de justicia rogada que es el sistema que prevalece actualmente.

Además de que la resolución fue notificada posteriormente a ser publicada en la página de la Suprema Corte de Justicia, la cual estaba desde las 11:00 de la mañana y la notificación fue hecha a las 2:04 de la tarde, mediante el acto, número 154/2017, del ministerial Ramón Gilberto Féliz López, alguacil de Estrados de la Suprema corte de Justicia, comisionado en la resolución.

A juicio de la destituida magistrada y su abogado, los magistrados que integraron el CPJ en función de órgano disciplinario violentaron el debido proceso de ley y con ello el artículo 69 de la Constitución de la República.

La resolución del Consejo del Poder Judicial sostiene que “sin embargo, el Ministerio Público no ha podido demostrar con las correspondientes autorizaciones judiciales la licitud de las intercepciones telefónicas que supuestamente sostuvieron la magistrada Margarita Cristo Cristo y el abogado de La Vega, licenciado Ramón 

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