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  • Por: Cristian Hidalgo
  • martes 14 enero, 2025

LA LIBERACIÓN DEL SECUESTRADO PODER JUDICIAL

Antes de la reforma constitucional del 2004, los jueces del sistema de justicia de este país eran designados por el Senado de la República; obviamente que el senador era el santo a quien los abogados debían encender velas en la demarcación en que pretendían ser designados. Bajo este esquema, no importaba cuán comprometedor fuera el hecho imputado, la culpabilidad o inocencia del acusado dependía de sus nexos con el senador de esa provincia.

Ello cambió en la Constitución del 1994, en la que se dejaba bajo la responsabilidad del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), la designación de los jueces del país. Este organismo estaba conformado en sus inicios, por el presidente de la República, el presidente del Senado y un senador de un partido diferente; el presidente de la Cámara de Diputados y otro de un partido diferente; el presidente de la Suprema Corte de Justicia y un juez de ese organismo, elegido por sus pares. De esos 7 votos, el presidente de la República solo controlaba 3 (el propio, un senador y un diputado), por lo que no dominaba la justicia, adquiriendo esta cierto nivel de independencia.

En la reforma del 2002, el presidente de turno no se interesó por cambiar la manera de elección de los jueces, a pesar de que varios funcionarios de ese período fueron procesados judicialmente, tal como el caso del arquitecto Hernani Salazar, ex director de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE). Es en la Constitución del año 2010, en que todo se transforma, llevando el control de la justicia a las manos del presidente de turno, al incluir como miembro del CNM al procurador general de la República, con potestad de desempate al voto del presidente.

Desde el año 2010, todo el que aspiraba a ser juez de las Altas Cortes, debía encender sus velas al único santo que hacía los milagros: el presidente de la República; si es cierto que la única persona para la que la gratitud no es una virtud es el juez (porque debe olvidarse de quién lo designó), no menos cierto es que la gratitud de la designación y la esperanza del ascenso, generaba una significativa dependencia de la justicia dominicana del Poder Ejecutivo y de manera particular, del presidente de la República.

Con la última reforma constitucional producida el pasado año, el Consejo Nacional de la Magistratura ha sido liberado del secuestro del Poder Ejecutivo, al sacar  de su membresía al procurador general de la República, que aunque ahora será elegido por el CNM, podría deberle el favor de su nominación al presidente de turno. Ahora este solo vuelve a controlar los mismos 3 votos que en la Constitución del 1994, al quedar el CNM conformado por: el presidente de la República, el presidente del Senado y un senador de un partido diferente; el presidente de la Cámara de Diputados y un diputado de un partido diferente; el presidente de la Suprema Corte de Justicia y el presidente del Tribunal Constitucional.

Con la actual configuración del CNM y el procurador general de la República que no podrá ser destituido por un decreto presidencial, sí podríamos tener la justicia independiente que tanto hemos añorado; ahora sí podremos estar confiados que los jueces de las Altas Cortes y del Poder Judicial, serán designados por convicción propia de los miembros del CNM y no por el dedo del presidente de turno. Las buenas acciones merecen ser aplaudidas, esta es una de ellas.

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