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Nacionales 
  • Por: La Redacción
  • miércoles 27 agosto, 2025

Fiscalía busca penas de 10 años para red que eliminaba antecedentes penales por sobornos

Algunos de los imputados en el caso sobre los sobornos y los antecedentes penales.

Santo Domingo, RD.- La Dirección General de Persecución del Ministerio Público solicitó penas de hasta 10 años de prisión para los integrantes de la red criminal desmantelada mediante la Operación Gavilán. Se acusa a los implicados de haber borrado y alterado, a cambio de sobornos, los registros de antecedentes penales de cientos de personas en la base de datos del Ministerio Público.

El órgano acusador, representado por los fiscales Andrés Mena, Eduardo Velázquez y Miguel Crucey, expuso ante el Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional que la red dedicada a la alteración de registros benefició a sicarios, narcotraficantes, violadores sexuales, imputados por violencia de género, secuestro y adulteración de bebidas alcohólicas, llegando incluso a borrar antecedentes de personas condenadas a 30 años de prisión.

Los fiscales señalaron que los acusados también movieron dinero ilícito a través de familiares y allegados, adquiriendo bienes y servicios. Con pruebas digitales, testimoniales, documentales, materiales, audiovisuales y periciales incorporadas al juicio, solicitaron imponer penas privativas de libertad y sanciones económicas conforme al grado de participación y a la gravedad de los hechos, los cuales acreditan, sin lugar a dudas, la responsabilidad penal de los acusados.

En este sentido, solicitaron que Pilar Yrenes Medina Trinidad de Dotel, Dilcia Argentina Núñez Santos, José Ramón Quezada Carmona, Víctor Gilberto Mercedes Gómez, Yokaira Elizabeth Carmona, Romanqui Alexander Dotel Medina y Luis Peña Cedeño sean condenados a 10 años de prisión y al pago de multas equivalentes a 100 salarios mínimos del sector público. Además, pidieron que este último sea inhabilitado para ocupar cargos en funciones públicas por un período de cinco años.

En el caso de Mártires Rosario Reyes, se solicitó una pena de siete años de prisión, de los cuales tres años y seis meses se cumplirían en prisión domiciliaria y los otros tres años y seis meses quedarían suspendidos, conforme a las reglas establecidas en el artículo 41 del Código Procesal Penal (CPP). Además, se requirió el pago de una multa equivalente a cinco salarios mínimos del sector público.

En el caso de Alfredo Mirambeaux, el Ministerio Público solicitó ocho años de prisión, en la modalidad de seis años de arresto domiciliario y dos años de prisión suspendida, también bajo el artículo 41 del CPP, y una multa de cinco salarios mínimos. Contra Rubén Darío Morbán, solicitó seis años de prisión, tres de ellos en arresto domiciliario y tres años de prisión suspendida bajo el mismo artículo, además de una multa de cinco salarios mínimos.

Para Domingo Julio Santana, se pidió una pena de cinco años de prisión, dividida en dos años y seis meses de prisión domiciliaria y dos años y seis meses de prisión suspendida, conforme al artículo 41 del CPP. En el caso de Luis Alfredo Astacio Polanco, se solicitó una pena de seis años de prisión, de los cuales tres años serían cumplidos en prisión domiciliaria y tres años suspendidos, de acuerdo con el artículo 41 del CPP, además de una multa equivalente a cinco salarios mínimos del sector público. Estos últimos acusados llegaron a acuerdos con el Ministerio Público y admitieron los hechos ante el tribunal.

El Ministerio Público también solicitó la disolución definitiva de la empresa Nexcon Technology, constituida conforme a las leyes de la República Dominicana, en virtud de las disposiciones de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

Asimismo, solicitó el decomiso de todas las evidencias materiales presentadas durante el proceso, ya que fueron instrumentos, efectos o productos del delito, de acuerdo con la legislación penal y procesal vigente.

En cuanto a las acusadas Jancely Estala Arias López, Ashley Darleni Morbán Reyes y Laudelina Esther Reyes Silva, se solicitó la aplicación de un criterio de oportunidad conforme al artículo 370, numeral 6, del CPP, debido a que el presente proceso corresponde a un caso de tramitación compleja y criminalidad organizada.

Los jueces del Cuarto Tribunal Colegiado, compuesto por Keyla Pérez Santana, Elías Santini y Arisleyda Santana, se reservaron el fallo para este jueves 28 de agosto a las 9:00 de la mañana.

Claro, por favor proporciona el párrafo que deseas que corrija.

El Ministerio Público solicitó que los acusados sean declarados culpables de múltiples violaciones del Código Penal Dominicano, incluyendo lavado de activos y financiamiento del terrorismo, crímenes y delitos de alta tecnología, control y regulación de armas, municiones y materiales relacionados, así como soborno en el comercio y la inversión, entre otros.

Finalmente, la empresa Nexcon Technology enfrenta cargos por violación de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, en perjuicio del Estado dominicano.

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