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Política 
  • Por: La Redacción
  • martes 07 octubre, 2025

Grupo Thomas Radio restringe cobertura al senador Antonio Marte y al alcalde Félix Marte

El Grupo Thomas Radio, que anunció el veto, defiende su imparcialidad y rechaza demandas del senador. Invocan la Constitución, que asegura la libertad de expresión y acceso equitativo a la información.

Antonio Marte

Santo Domingo, RD.- Los medios de comunicación de la provincia Santiago Rodríguez han decidido vetar las informaciones y la publicidad del senador Antonio Marte, una posición que contraviene el mandato de la Constitución sobre la libertad de expresión del pensamiento.

Es notable que ese anuncio haya sido hecho público por el Grupo Thomas Radio.

En un comunicado difundido se indica que “el Grupo Thomas Radio informa a la opinión pública que, a partir de la fecha (10-06-2025), quedan vetadas todas las menciones y la publicidad relacionadas con el senador de la República por la provincia de Santiago Rodríguez, Antonio Marte”.

La disposición se extendió al alcalde del municipio, Félix Marte.

Se especifica que la medida se implementa en todas las emisoras y plataformas que forman parte de ese grupo de comunicación.

El director general del grupo, Gabriel Thomas, expresó que esta empresa es familiar y cuenta con una trayectoria de servicio a todos los sectores, sin distinción de banderías políticas.

“No permitiremos que intereses particulares intenten condicionar nuestra línea editorial ni vulnerar la libertad de expresión”, agregó en el documento.

Destacó que, aunque el senador Antonio Marte ha sido mencionado de manera despectiva en múltiples medios nacionales, este ha decidido demandar únicamente a nuestro medio a través de uno de los nuestros, una acción que consideramos desproporcionada e injusta.

¿Qué dice la Constitución?

En el artículo 49 de la Carta Magna se establece que toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones por cualquier medio, sin que pueda imponerse censura previa.

1) Toda persona tiene derecho a la información. Este derecho incluye buscar, investigar, recibir y difundir información de todo tipo y de carácter público, por cualquier medio, canal o vía, conforme a lo que determinan la Constitución y la ley. 2) Todos los medios de información tienen libre acceso a las fuentes noticiosas oficiales y privadas de interés público, de acuerdo con la ley. 3) El secreto profesional y la cláusula de conciencia del periodista están protegidos por la Constitución y la ley. 4) Toda persona tiene derecho a la réplica y rectificación cuando se sienta afectada por informaciones difundidas. Este derecho se ejercerá conforme a la ley. 5) La ley garantiza el acceso equitativo y plural de todos los sectores sociales y políticos a los medios de comunicación de propiedad estatal, se agrega en su texto.

"El disfrute de estas libertades se ejercerá respetando el derecho al honor, a la intimidad, así como a la dignidad y la moral de las personas, especialmente en lo que respecta a la protección de la juventud y de la infancia, de conformidad con la ley y el orden público", se insiste.

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