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Nacionales 
  • Por: Mayte Feliz M.
  • jueves 05 marzo, 2026

Tribunal Superior Electoral ordena entrega de documentos sobre elección interna de Fuerza del Pueblo en Santo Domingo Norte

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El Tribunal Superior Electoral (TSE) falló a favor de la parte demandante en la disputa relacionada con la elección de la Dirección Ejecutiva del partido Fuerza del Pueblo en Santo Domingo Norte, ordenando a la Secretaría de Organización de la organización política entregar en un plazo de 48 horas una serie de documentos vinculados al proceso interno celebrado en ese municipio.

La decisión establece que la parte demandada deberá presentar los padrones utilizados durante los procesos de votación, y no padrones nuevos, incluyendo aquellos con marcas o cotejos realizados durante las jornadas de votación. También deberá entregar los padrones de asistencia utilizados antes de la votación, documentos que sirven para evidenciar la existencia de cuórum durante los plenos.

Además, el tribunal ordenó la presentación de todos los documentos generados durante el proceso de elección interna, entre ellos:

  • Padrones depurados de los miembros de la Fuerza del Pueblo en Santo Domingo Norte con derecho a elegir y ser elegidos, incluyendo los originales o copias certificadas o notarizadas de los padrones entregados inicialmente al presidente municipal para convocar el pleno del 28 de enero, así como los utilizados en ese proceso.
  • Los padrones entregados posteriormente para la convocatoria del pleno del 8 de febrero, en caso de que sean distintos a los utilizados previamente.
  • Padrones de concurrentes con las firmas de los votantes que participaron en los plenos realizados los días 28 de enero y 8 de febrero.
  • Actas de conteo de votos, las cuales deberán coincidir con la cantidad de firmas registradas en los padrones de votantes.
  • Actas de proclamación de ganadores, donde conste la cantidad de votos obtenidos por cada candidato, resultados que deben corresponder con las actas del escrutinio final.
  • Evidencias de las convocatorias realizadas a los electores, demostrando que fueron emitidas por los canales institucionales y habituales utilizados en el municipio.
  • Documentación que compruebe el cumplimiento de la ley y de los estatutos partidarios respecto al carácter secreto del voto, prohibiendo prácticas como exhibir la preferencia electoral o levantar las manos para mostrarla.

La resolución también exige la entrega de otros 17 documentos adicionales relacionados con el proceso.

El tribunal advirtió que la parte demandada deberá cumplir con la entrega de toda la documentación dentro del plazo de 48 horas, de lo contrario podría enfrentar sanciones adicionales.

Más allá de la entrega de documentos, el fallo también obliga a demostrar que los plenos realizados cumplieron con los requisitos legales y estatutarios establecidos para este tipo de procesos internos.

La decisión se produce en medio de expectativas entre simpatizantes y votantes de la Fuerza del Pueblo en Santo Domingo Norte, quienes esperan que la documentación solicitada confirme que el proceso se realizó conforme a la normativa y con transparencia.

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