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Economía 
  • Por: Franklin Puello
  • jueves 21 mayo, 2026

Tribunal Constitucional valida acciones de Pro Consumidor en caso Worldcoin

El fallo del TC deja claro que Pro Consumidor actuó conforme a sus atribuciones legales, estableciendo un precedente en la protección de datos biométricos y reforzando sus facultades en el ámbito comercial y tecnológico.

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Santo Domingo, RD.- El Tribunal Constitucional (TC) ratificó la actuación del Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor) en el caso relacionado con la empresa Worldcoin, al rechazar un recurso interpuesto por la Fundación World Foundation y confirmar la validez de las medidas adoptadas para proteger a los consumidores dominicanos.

La alta corte determinó que Pro Consumidor actuó dentro del marco de sus atribuciones legales al intervenir ante posibles riesgos relacionados con el manejo y tratamiento de datos biométricos sensibles, un tema que ha generado creciente preocupación a nivel internacional por sus implicaciones en materia de privacidad y seguridad.

La decisión está contenida en la sentencia TC/0267/26, mediante la cual el tribunal reconoció la facultad de Pro Consumidor para salvaguardar los derechos fundamentales de los ciudadanos, especialmente aquellos relacionados con la protección de los consumidores y el manejo de información sensible, como las imágenes del iris humano.

Asimismo, el TC precisó que Pro Consumidor tiene la competencia legal para revisar contratos de adhesión y detectar cláusulas abusivas, especialmente cuando estén comprometidos los derechos de los consumidores y usuarios.

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El director ejecutivo de Pro Consumidor, Eddy Alcántara, al comentar la sentencia, destacó que esta constituye un precedente relevante en la protección de datos biométricos y en la supervisión de plataformas tecnológicas que operan en la República Dominicana.

Señaló, asimismo, que, en un contexto donde crece el debate global sobre la privacidad digital, el fallo fortalece el papel de la institución encargada de velar por los derechos de los consumidores y usuarios, "en momentos en que crece el debate internacional sobre inteligencia artificial y el manejo de información personal sensible".

El funcionario indicó que la sentencia también establece que las acciones de Pro Consumidor, realizadas en defensa del interés público y la protección ciudadana, no constituyen una violación de la libertad de empresa ni una limitación arbitraria al ejercicio comercial de Worldcoin.

"Con esta decisión, el Tribunal Constitucional validó de forma definitiva el fallo previo de la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), que respaldaba las actuaciones de la entidad defensora de los derechos de los consumidores", agregó.

Se recuerda que el caso se originó a partir de las acciones de Pro Consumidor en relación con los contratos de adhesión y las políticas de privacidad utilizadas por Worldcoin en el país, las cuales están relacionadas con la captura de imágenes del iris de los ojos.

En el recurso, Worldcoin argumentó que Pro Consumidor había ordenado un “cese inmediato de operaciones” y denunció supuestas amenazas de uso de la fuerza pública, así como actuaciones arbitrarias relacionadas con la suspensión de sus actividades en el país.

La empresa también argumentó que la institución carecía de facultades para imponer medidas de cierre sin contar con una autorización judicial previa.

Sin embargo, Pro Consumidor defendió la legalidad de sus actuaciones y afirmó ante el Tribunal Constitucional que su intervención respondía a la obligación de garantizar la seguridad jurídica y la protección de los consumidores frente a un sistema que recopila y procesa datos biométricos altamente sensibles, como imágenes del iris humano.

En ese orden, el órgano constitucional concluyó que la actuación administrativa de la entidad de defensa al consumidor formó parte de un proceso de protección de los derechos de los ciudadanos y no representó una afectación ilegítima a los derechos fundamentales invocados por la empresa tecnológica.

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