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Nacionales 
  • Por: Mayte Feliz M.
  • viernes 17 julio, 2026

¿Adiós a las filtraciones? Nuevo Código Penal endurece penas por divulgar audios, videos y conversaciones

Santo Domingo.– La entrada en vigencia del nuevo Código Penal Dominicano (Ley 74-25), prevista para el 3 de agosto, mantiene en alerta a periodistas, comunicadores, propietarios de medios y organizaciones defensoras de la libertad de expresión, debido a las nuevas disposiciones que endurecen las sanciones por la difusión de conversaciones, imágenes, audios, videos y publicaciones que puedan afectar el honor, la intimidad o la reputación de las personas.

El centro del debate se encuentra en el artículo 186, que establece penas de seis meses a un año de prisión menor, además de multas de uno a dos salarios mínimos del sector público, para quienes transmitan, divulguen, publiquen o envíen a terceros conversaciones orales o escritas, imágenes, audios, notas de voz o videos sin autorización, cuando con ello se lesionen derechos protegidos por la ley.

Las sanciones aumentan si la conducta afecta el honor, el buen nombre o la propia imagen de la persona involucrada. En los casos donde las víctimas sean menores de edad, las penas podrían elevarse de dos a cinco años de prisión, junto con multas de nueve a quince salarios mínimos, endureciendo significativamente las consecuencias legales.

Los medios, bajo la lupa

Uno de los aspectos que más inquieta al sector periodístico es la responsabilidad que la nueva legislación atribuye a las empresas de comunicación.

Según las disposiciones contenidas en la Ley 74-25, particularmente en los artículos 39, 40 y 212, los medios de comunicación podrían enfrentar consecuencias que van más allá de la condena individual de un periodista o entrevistado. Entre las medidas previstas figuran el decomiso de equipos utilizados para cometer el delito, sanciones contra la persona jurídica, posibles restricciones para operar e incluso responsabilidades para directivos y propietarios cuando exista una condena relacionada con difamación o injuria.

El temor a sanciones económicas, procesos penales o responsabilidades corporativas podría llevar a que algunos medios decidan no publicar investigaciones sensibles relacionadas con corrupción, abuso de poder o denuncias de interés público, generando un ambiente de autocensura.

Diversas organizaciones vinculadas a la libertad de prensa consideran que las normas podrían producir un "efecto inhibidor", limitando el debate público y reduciendo la capacidad de los medios para fiscalizar a funcionarios, empresarios y otras figuras de poder.

Protección al honor versus libertad de expresión

Quienes respaldan la nueva legislación sostienen que el Código Penal busca fortalecer la protección de derechos fundamentales como la intimidad, la dignidad, el honor y la reputación de las personas frente al creciente uso de redes sociales y plataformas digitales para difundir contenidos falsos, ofensivos o privados.

Desde esta perspectiva, la ley pretende establecer límites claros para evitar abusos y proteger a ciudadanos que han sido víctimas de campañas de descrédito, difamación o divulgación no autorizada de información personal.

Sin embargo, críticos de la normativa entienden que el desafío será lograr un equilibrio entre esa protección y el derecho constitucional a informar, investigar y expresar opiniones sobre asuntos de interés público.

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