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Política 
  • Por: Máximo Manuel Pérez
  • martes 14 mayo, 2024

34 partidos y 8 movimientos políticos buscarán mantener personería jurídica en las elecciones del próximo domingo

SANTO DOMINGO, RD.- Un total 42 organización políticas, agrupadas en 34 partidos y ocho movimientos figurarán con boletaos en las elecciones del próximo domingo para comp0ledtar la escogencia de las 4,117 nuevas autoridades que dirigirán los destinos nacionales durante los próximos cuatro años.

El Pleno de la JCE estableció mediante resolución 57-2023, el orden de los partidos.

Al menos 34 partidos y ocho movimientos políticos se disputarán en los comicios de 2024 los 4,117 cargos de elección popular para los próximos cuatro años.

A los existentes 33 partidos y/o movimientos políticos al sistema se agregaron nueve entidades políticas, reconocidas por la JCE, tras completar los requisitos establecidos en la ley 33-18, sobre Partidos, Movimientos y Agrupaciones Políticas.

La Junta Central Electoral (JCE) emitió la resolución 57-2023 que establece el orden de los partidos y movimientos en las casillas de la boleta electoral.

En un primer bloque están los partidos políticos en el orden de los votos válidos obtenidos, tomando en cuenta la mayor votación recibida de forma individual a nivel presidencial, senatorial y diputaciones en las elecciones del 5 de julio de 2020.

La figura del presidente Luis Abinader será la que más aparecerá en las casillas de la boleta a nivel presidencial, al ser proclamado por al menos 17 organizaciones. Estas son los partidos PRM, Reformista Social Cristiano (PRSC), Dominicanos por el Cambio (DxC), Justicia Social, Humanista Dominicano (PHD), Cívico Renovador (PCR), Movimiento Democrático Alternativo (MODA), Revolucionario Social Demócrata (PRSD), Unidad Nacional (PUN), – Alianza por la Democracia (APD), País Posible, Liberal Reformita (PLR), Unión Demócrata Cristiano (UDC), Acción Liberal (PAL), Revolucionario Independiente (PRI), Demócrata Popular (PDP), Nacional Voluntad Ciudadana (PNVC) y Partido Verde Dominicano (Verde/Pasove).

El orden en la boleta

1-PRM, 2-Partido de la Liberación Dominicana (PLD), 3-Fuerza del Pueblo (FP), 4- Revolucionario Dominicano (PRD), 5- PRSC, 6- Alianza País (AlPaís), 7- PUN, 8-DxC, 9- Bloque Institucional Social Demócrata (BIS), 10- PHD, 11- PCR, 12- PRSD, 13- MODA, 14- Frente Amplio (FAMP), 15-APD, 16- País Posible (PP), 17- PLR, 18- Popular Cristiano (PPC), Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC), 20- UDC, 21- PAL, 22-Fuerza Nacional Progresista (FNP). 23- PRI, 24- PDP, y 25-PNVC.

Un segundo bloque en dónde serán colocados los partidos políticos que participaron con recuadro único en las referidas elecciones o que no concurrieron a las mismas, pero que mantienen su personería jurídica en virtud de la existencia de una representación congresual o municipal.

26- Partido Verde Dominicano (Verde/Pasove)

Después, los partidos que obtuvieron su reconocimiento después de transcurridas las últimas elecciones del 05 de julio del año 2020, tomando como base la categoría de la organización o la fecha de la resolución adoptada por la JCE que le otorga el reconocimiento y el orden que ocuparen en la misma, en la respectiva demarcación territorial.

27- Patria Para Todos (PPT)

28- Partido Generación de Servidores (GenS);

29- Opción Democrática (OD)

30- Partido Socialista Cristiano (PSC)

31- Partido Demócrata Institucional (PDI)

32- Partido Esperanza Democrática (PED).

33-Partido Primero la Gente (PPG)

34- Partido Justicia Social (PJS)

Mientras que, en un cuarto bloque, las agrupaciones y movimientos políticos que participaron con recuadro único en las referidas elecciones o que no concurrieron a las mismas, pero que mantienen su personería jurídica en virtud de la existencia de una representación congresual o municipal; seguidos de los movimientos y agrupaciones que fueron reconocidas.

35- Movimiento Independiente Unidad y Progreso (MIUP)

36- Movimiento Juventud Presente (MJP)

37- Movimiento Comunitario Nosotros Pa´Cuando? (MCNPC)

38- Movimiento Águila (M.A.)

39- Movimiento Confraternidad Ciudadana Dominicana (CCD)

40- Movimiento Independiente del Municipio de Consuelo (MIMCO)

41- Movimiento Civico Cabrereño (MCC)

42- Movimiento Humanista Independiente (MH

PROCESO 1978

A finales de los años 70s, la República Dominicana se convirtió en uno de los primeros países en pasar del autoritarismo a la democracia representativa.

En este sentido, el país necesitó un sistema electoral distinto al existente, con mayores garantías electorales y en que los gobiernos fueran elegidos por decisión de la mayoría.

Las elecciones celebradas en mayo de 1978 pueden ser catalogadas como uno de los acontecimientos más importantes, que expresan la evolución real del sistema político dominicano hacia la democracia representativa, legitimando el sistema democrático como medio de participación y oposición de la ciudadanía.

Luego de la transición del 1978, la República Dominicana pareció tomar el sendero hacia una democratización efectiva y, en este contexto, era imprescindible dirigir los esfuerzos hacia la modernización y el fortalecimiento del sistema electoral, con el fin de garantizar la sostenibilidad del nuevo régimen político establecido.

En este sentido se transformó el sistema electoral. Durante el período de 1978-1994, la elección de los gobernantes por parte de la población civil mayor de 18 años era única.

Es decir[2], las elecciones presidenciales, congresuales y municipales eran concurrentes; en la misma boleta electoral se encontraban los candidatos presidenciales, congresuales y municipales. Los diputados eran elegidos por arrastre y la proporción de votos requeridos para ganar las elecciones era por mayoría simple.

El método de asignación de escaños utilizado en el país era el método D´Hondt. Este consiste en que los votos obtenidos por cada partido se van dividiendo entre diferentes divisores (1, 2, 3, 4, 5…), y los escaños se van asignando a aquellos partidos que tengan un mayor número de votos, hasta que no queden escaños por asignar.

En 1994 se produjo una crisis post-electoral que propició nuevas reformas al sistema electoral dominicano.

 A partir de entonces, las elecciones legislativas y municipales se separaron de las presidenciales, convirtiéndolas así en verdaderas elecciones de medio término (Hartlyn, 2008).

De igual forma, los legisladores se eligen por mayoría simple. La proporción de votos para elegir al presidente de la República cambió de mayoría simple a mayoría absoluta o doble vuelta.

Desde la reforma de 1994 hasta el año 2008 se habían realizado tres procesos electorales legislativos y municipales no concurrentes (en los años 1998, 2002 y 2006) y cuatro elecciones presidenciales (1996, 2000, 2004 y 2008).

En la actualidad, el sistema electoral dominicano se rige por la ley No. 275–97, la cual establece que la organización, vigilancia y realización de los procesos electorales está a cargo de la Junta Central Electoral, las Juntas Electorales y los Colegios Electorales, que son los tres órganos electorales de la nación.

La Junta Central Electoral es una institución descentralizada del Estado dominicano, creada el 12 de abril de 1923, para organizar los procesos electorales en los tres niveles de elección existentes en la nación: presidenciales, congresuales y municipales.

Hasta la reforma Constitucional de 2010, la Junta Central Electoral fungió como la máxima autoridad en materia electoral, y concentró tres tipos de atribuciones: administrativas, reglamentarias y de lo contencioso electoral.

Tenía para tales fines dos momentos específicos: “Conocer y decidir en instancia única” y “Como jurisdicción de segundo y último grado”.

Las Juntas Municipales son órganos de carácter permanente, dependientes de la Junta Central Electoral, responsables de la organización de los procesos electorales en sus jurisdicciones. Las Juntas Electorales tienen dos atribuciones fundamentales: administrativas y de lo contencioso electoral, fundamentada esta última atribución en el conocimiento de las protestas, impugnaciones y anulaciones sobre el proceso en los colegios electorales de sus jurisdicciones.

La reforma constitucional de 1994 estableció que las votaciones se lleven a cabo en los denominados Colegios Electorales Cerrados, que son un tipo particular de mesas electorales en torno a las cuales se reúnen las asambleas electorales debidamente convocadas, a fin de que la ciudadanía pueda ejercer el sufragio.

La Reforma del sistema electoral en 1994 tuvo un impacto significativo en la participación y abstención de los ciudadanos en las elecciones. Para las elecciones presidenciales del año 1994 se verificó la mayor participación electoral del período estudiado. El nivel de abstención apenas llegó a 15.87%

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